A la Corte Constitucional de Colombia no le importan los niños, solo los derechos de las Farc

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Toda Colombia ya se enteró de la absurda decisión que tomó la Corte Constitucional al tumbar las penas de la justicia ordinaria para los responsables de violencia sexual contra los niños dentro del conflicto armado. Es decir, no habría condenas de prisión para los miembros de las Farc que violaron durante décadas a miles de menores indefensos.

Este cuestionado fallo de la Corte se dio al aprobar la Ley Estatutaria que reglamentó la Justicia Especial para la Paz (JEP) en el país, dentro de la cual el Alto Tribunal estableció  su deseo de que los hombres de las Farc no fueran condenados por los abusos sexuales contra los menores en la justicia ordinaria.

La Constitucional no tuvo en cuenta la disposición aprobada por el Congreso de la República, de castigar a los violadores de niños dentro de las Farc con las penas del Código Penal Colombiano. Lo anterior significa que la JEP será la que deberá investigar y condenar a los exguerrilleros por estos delitos con penas alternativas.

Lo cual, para la mayoría de los colombianos es una absoluta impunidad para los integrantes de las Farc, pues sólo deberán confesar ante la JEP a cuántos niños violaron o abusaron. Se comprometerán a no volverlo a repetir, pagarán alguna remuneración a las víctimas y quedarán en libertad. En caso de ser condenados, serán «penalizados» con labores sociales o agrícolas y con una disculpa pública.

Todo, para proteger el largo y costoso proceso de paz que firmó el saliente Presidente de Colombia, Juan Manuel Santos, con las Farc en La Habana, Cuba.

Según la Corte, el Congreso no tenía competencia para introducir esas modificaciones sobre los delitos sexuales en el Acuerdo de Paz del santismo y la subversión.

Así lo dejó claro el presidente de la Constitucional, magistrado Alejandro Linares: «La Corte no entró a revisar el fondo del tema, sencillamente, determinó que el Congreso de la República no tenía competencia para entrar a establecer sanciones diferentes a las que están establecidas en el Artículo 13 transitorio del Acto Legislativo 01 de 2017″.

Por su parte, el magistrado ponente de la revisión de la norma, Antonio José Lizarazo, dijo: «En el modelo de justicia transicional que adoptó Colombia las sanciones no se imponen en relación con la naturaleza de los delitos sino en cuanto al grado de reconocimiento de verdad y responsabilidad, reparación de las víctimas y garantía de no repetición».  

Lizarazo agregó: «La sanciones propias son las que aplican para quienes digan la verdad, reconozcan su responsabilidad y reparen a las víctimas».

En su afán de respaldar la paz de Santos, la Corte Constitucional hasta violó con su determinación la propia Constitución de Colombia, que en su artículo 44 dice:

«Son derechos fundamentales de los niños: la vida, la integridad física, la salud y la seguridad social, la alimentación equilibrada, su nombre y nacionalidad, tener una familia y no ser separados de ella, el cuidado y amor, la educación y la cultura, la recreación y la libre expresión de su opinión. Serán protegidos contra toda forma de abandono, violencia física o moral, secuestro, venta, abuso sexual, explotación laboral o económica y trabajos riesgosos… Los derechos de los niños prevalecen sobre los derechos de los demás».

El actual Presidente colombiano, Iván Duque, se pronunció así sobre el fallo de la Corte: «Yo creo que en este país no podemos, bajo ninguna circunstancia, ni atenuar, ni diferenciar, ni tratar de darle un manejo distinto a delitos tan graves como la violación y el abuso de niños».

Casi todos los sectores del país, incluyendo algunos políticos amigos del Acuerdo de Paz, han criticado la decisión de la Corte. Y ni hablar de los colombianos del común quienes han cuestionado el fallo a través de las redes sociales, un medio que se convirtió en vocero de la ciudadanía.

Mientras las autoridades del Estado comprobaron que ha existido dentro de las Farc reclutamiento, abortos forzados, violaciones, esclavitud sexual y demás crímenes de lesa humanidad contra los menores, la Corte Constitucional avala su impunidad, al remitir a los responsables ante la JEP, la cual, premia de entrada a los exsubversivos con la libertad en todos los procesos.

Esto significa, por ejemplo, que las mujeres, de la Corporación Rosa Blanca ( ), secuestradas cuando eran niñas por las Farc, violadas y torturadas, no tendrán justicia y sus casos quedarán impunes. Además, de estar recibiendo decenas de amenazas de muerte por denunciar toda clase de véjamenes y abusos sexuales por parte de los miembros de la subversión que gozan en estos momentos de libertad y privilegios que le otorgó la paz de Santos.

Por todo lo anterior, los colombianos dicen: «A la Corte Constitucional no le importan los derechos de los niños, solo que se cumplan los derechos pactados a favor de las Farc en el Acuerdo de Paz».

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Sixto Alfredo Pinto
Sixto Alfredo Pinto

Director de La Otra Cara. Investigador, Periodista y Escritor.


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