El alcalde Manolo sí sabía todo sobre construcciones en Blas de Lezo

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Crónica de una Muerte Anunciada. Las anomalías en torno a la construcción sobre las edificacionesen Blas de Lezo les fueron informadas a la Alcaldía de Cartagena. Primero, mediante una queja el 18 de Diciembre de 2015, y luego, por un Derecho de Petición el 22 de febrero de 2016, pero ninguno de los dos fue respondido. 

La tragedia ocurrida en el barrio Blas de Lezo de la ciudad de Cartagena de Indias, por el desplome del edifico Portal de Blas de Lezo II, reúne todas las características de un siniestro causado por un riesgo controlable que se materializó por una cadena de omisiones y actos de corrupción de las entidades encargadas en el distrito de ejercer la vigilancia de todas las construcciones que en su área de influencia se realicen. Tanto el señor alcalde como los directores de planeación, control urbano, alcadías menores, sabían lo que estaba ocurriendo en la ciudad en materia de construcciones ilegales.

Con fecha 18 de Diciembre de 2015 radique en la Alcaldía Mayor de la ciudad, una queja formal (Cód. de Registro EXT-AMC-15-0078755) contra la señora BMM por iniciar una construcción ilegal en el barrio de Zaragocilla, al lado de un predio nuestro, dirigida a la Oficina de Control Urbano. El motivo de la queja fue porque dicha construcción no contaba con la licencia de construcción de la Curaduría Urbana y los linderos del predio estaban en litigio por demandada presentada por la dueña de la construcción.

El 22 de Febrero de 2016 presenté Derecho de Petición a la Oficina de Control Urbano (Código de registro EXT-AMC-16-0010572) para que se me indicaran las razones por las cuáles no se había adelantado ninguna investigación a la queja presentada por mi el día 18 de Dic de 2015 ni se había tomado ninguna acción contra la construcción ilegal. Tampoco fue atendida esta petición.

Manolo, sí sabía

Ante la inacción de la Oficina de Control Urbano, me dirigí al señor Alcalde C.S. Manolo Duque para ver si lograba que atendieran mi queja (Código de registro EXT-AMC-16-0018099). Le pregunté si tendría que interponer una acción de tutela para lograr respuestas a mis inquietudes. En el párrafo No. 4 le comunico que el proceso de redensificación urbana que se esta dando en Cartagena es caótico y se están construyendo edificios sin licencias de construcción, sin parqueaderos, sin cumplir los requisitos mínimos de urbanismo, con planos importados de ciudades del interior del país sin ventilación alguna no aptas para nuestro clima. Además fui enfático en decirle que se estaban “gemeleando” las licencias de construcción.

En el párrafo No. 5 le expreso que es un secreto a voces que en la Oficina de Control Urbano “hacerse el de la vista gorda”, paga. Además le comunico que ante la negativa para tomar acciones contra las construcciones ilegales en la ciudad, me dirigiría la Procuraduría General de la Nación para que tomara las acciones disciplinarias del caso y a la Contraloría General de la República para que investigue el detrimento patrimonial por el impago de impuestos y permisos de construcción por parte de los constructores piratas.

El señor Alcalde hizo caso omiso de este requerimiento, por lo que me vi en la penosa necesidad de interponer una acción de tutela (4 de mayo de 2016, radicado 13001400300220160032200) por violación al derecho de petición, la cual fue aceptada en el Juzgado Segundo Civil Municipal de Cartagena.

Ante esto, todos a una, la Oficina Jurídica de la Alcaldía, La Secretaria de Planeación Dra. Luz Elena Paternina Mora (Oficio AMC-OFI-0039770-2016) y la Directora Administrativa de Control Urbano, Lady Ann Steer Álvarez (Oficio AMC-OFI-0039769-2016), empezaron a chutarse el balón de una oficina a otra. Por último, mediante oficio AMC-OFI-0039768 la Directora de Planeación deja en manos del alcalde de la Localidad Histórica y del Caribe Norte, Javier Enrique Jaramillo Martínez, la responsabilidad de darme respuesta, la cual nunca llegó, burlándose del señor juez que falló la tutela como un caso cerrado por las respuesta mentirosas que habían dado los funcionarios de la alcaldía.

Ante tanta negligencia, acudí a la oficina de Control Urbano, donde fui atendido por el Dr. Olimpo Vergara Vergara. Personalmente le comunique la situación que me aquejaba y que no había tenido respuesta alguna. El 8 de Febrero de 2017 radiqué nuevamente la solicitud (Código de registro EXT-AMC.17-0008741) con copia de todos los anexos generados durante el proceso irresoluto.

El edificio del Blas de Lezo se vino al piso por fallas en su estructura y malos materiales.

No hubo respuesta de la administración Distrital

Tampoco obtuve respuesta alguna a mi solicitud. El Dr. Olimpo Vergara esperó que entrara en vigencia el nuevo Código de Policía a finales del mes de febrero del presente año y le trasladó mi solicitud al señor Inspector de Policía de la Casa de Justicia del Country, quien hizo devolución a la Oficina de Control Urbano del caso, porque dicho código establece que los procesos que se encontraban en proceso, debían seguir tramitándose en las oficinas respectivas.

El 2 de Mayo del 2017, después de la caída del edificio en el barrio Blas de Lezo, recibo el oficio AMC-OFI-0037205 de la Oficina de Control Urbano, firmado por el arquitecto Olimpo Vergara Vergara, donde me comunica que por fin hará la apertura de averiguación preliminar de mi proceso. Dos días después se conoció la renuncia de este singular personaje.

En conclusión, todo lo anterior demuestra que el derrumbamiento del edificio en el barrio Blas de Lezo solo es la punta del iceberg de esta trama de omisiones, negligencia, corrupción de funcionarios públicos y actores privados que debe ser intervenida de inmediato porque se corre el riesgo que se repitan estos trágicos hechos en muchos barrios de la ciudad, incluyendo los de estratos 5 y 6.

Doy fe de todo lo expresado en esta nota.

Por Ulises Guillermo Múnera Bohórquez

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