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El fin del cobro por reconexión en los servicios públicos

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La Plenaria de la Cámara de Representantes aprobó en último debate el proyecto de ley que eliminó el cobro por reconexión y reinstalación de servicios públicos domiciliarios, siempre y cuando el servicio haya sido efectivamente suspendido o cortado por causas imputables al usuario y/o suscriptor. Esta nueva norma tendrá un gran impacto social entre los usuarios más pobres del país.

Lo anterior significa que no habrá lugar al cobro del cargo por reconexión o reinstalación cuando la causa de la suspensión o el corte del servicio en inmuebles residenciales de estratos 1, 2 y 3 haya sido por mora en el pago de las facturas y el usuario se ponga a paz y salvo o celebre un acuerdo de pago con la empresa por dicho concepto.

La nueva legislación modifica la Ley 142 de 1994 de Servicios Públicos Domiciliarios y fue autoría del senador liberal Lidio García.

“Hemos dado un paso definitivo en la batalla que tenemos para que nuestros compatriotas no sigan siendo víctimas de la posición dominante y abusiva de las empresas de servicios públicos domiciliarios, en pocos días millones de familias de los estratos más vulnerables disfrutarán de este beneficio”, manifestó el congresista García.

La nueva  ley reformó los artículos 96 y 142 de la Ley de Servicios Públicos Domiciliarios, a los que se les adicionó dos parágrafos que determinan dicha exoneración expresa y de esta forma se elimina el cobro, además se establece un plazo máximo de reconexión o restablecimiento del servicio de 24 horas, contados a partir de que el usuario haya pagado.

En la Cámara se estableció que retirar este cobro a los usuarios no afectará la estabilidad financiera de las empresas de servicios públicos domiciliarios, porque está garantizado el cobro de los cargos básicos y del cargo fijo de consumo. También se deja claro que esta disposición no aumenta ni disminuye el cobro de dicho cargo fijo.

La iniciativa aprobada en el Congreso será enviada ahora a la sanción presidencial del Mandatario Juan Manuel Santos, quien, si no encuentra objeciones, la convertirá en Ley de la República.

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