Acuerdo

El Acuerdo de La Habana no existe

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La ley de leyes en todos los países es una sola. Es su Constitución Política.  Colombia tuvo en la Constitución de 1886 por más de cien años la ley suprema que se modificó en 1991 por una Asamblea Nacional Constituyente  convocada por petición del entonces movimiento estudiantil, de la denominada «Séptima Papeleta».

El Señor Presidente de Colombia quien desde que asumió su primer mandato, contrario a lo expuesto en su programa político de candidato, ya que se creía seguiría el derrotero de su antecesor, dejo saber que su agenda de gobierno, no sería la seguridad democrática sino que su meta sería la tarea de tratar de conseguir la Paz. Dio entonces ya hace seis años, comienzo a su labor,  integrando un equipo negociador encabezados por el Señor Humberto De la Calle y el señor Sergio Jaramillo.

Antecedieron seis años. Se terminó la negociación y como siempre lo indicó el primer mandatario sería sometido a consideración del pueblo. Discutidas las alternativas probables aprobó y escogió el Plebiscito como la mejor opción. La ley 134 de 1994, más conocida como de participación ciudadana, contempla en su artículo quinto la participación ciudadana. Dice la norma: “Artículo  5º.- Referendo aprobatorioUn referendo aprobatorio es el sometimiento de un proyecto de acto legislativo, de una ley, de una ordenanza, de acuerdo o de una resolución local, de iniciativa popular que no haya sido adoptado por la corporación pública correspondiente, a consideración del pueblo para que éste decida si lo aprueba o lo rechaza, total o parcialmente”.

Encuestas y gran mayoría de medios de  opinión daban como ganador absoluto al SI.  Las diferencias eran abismales, los líderes subversivos de las Farc, confiados en ese posible resultado, entregaban declaraciones que a más de cínicas  encendían los ánimos de sus contradictores, que equivocadamente  los matricularon como militantes del Centro Democrático, cuando en realidad se trataba de un numeroso grupos de personas,  que no olvidaban el pasado criminal del grupo terrorista que por siempre irrespetó a la mujer y no respetó las creencias religiosas de tanto colombiano defensor acérrimo de la familia.

Se cumplió la obligada cita con las Urnas. El pueblo en una minoría escasa del 37% con una abstención inexplicable del 62.59% se pronunció y sentenció un resultado inimaginable pero real y concreto. Contra todo pronóstico El NO triunfo y vino “Troya”.

Los partidarios del SI muy contrarios a su ánimo reconciliatorio para con las Farc, mostraron una cara desconocida,  camuflada dirían,  pero al fin y al cabo verdadera,  ser voceros guerreros en contra de los partidarios del NO y de quienes los representaban. Por su parte los victoriosos del NO, vencedores en la consulta, se dejaron provocar y  se han involucrado en una lucha que parece olvidar que todos los colombianos sin excepción queremos y deseamos la Paz. El plebiscito posible remedio de los graves males que aquejan al país,  por un resultado inesperado, se convirtió en factor de división inimaginable. Familias, amigos, conocidos políticos otrora unidos,  por gracia y consecuencia del plebiscito y su inesperado resultado,  se franquearon en luchas y ataques recíprocos que alejan cada vez la anhelada paz.

Efectuado el escrutinio por el Consejo Nacional Electoral se confirma que el NO superó al SÍ por 55.651 votos

La única conclusión que se impone gústenos o no  es que el ACUERDO celebrado con los negociadores de la Habana y el Gobierno Nacional ya no existe. No se entiende porque tanto partidarios del SI y del NO olviden puntual mandato de la Constitución Nacional de Colombia. El pueblo es soberano.

En el aparte inicial del  preámbulo de la Constitución Política de Colombia aprobada en 1991, se precisa puntualmente “EL PUEBLO DE COLOMBIA
en ejercicio de su poder soberano”
. Por su parte,  el Artículo 3 de la Constitución Política de Colombia,  lo ratifica y reconfirma: “La soberanía reside exclusivamente en el pueblo, del cual emana el poder público. El pueblo la ejerce en forma directa o por medio de sus representantes, en los términos que la Constitución establece.»

Es el pueblo el soberano. No es el Presidente, ni el Congreso ni las Cortes. Las cosas hay que tratarlas como son. Las terminologías que se emplean de renegociar,  implementar, revisar o cualesquiera otra, no son de recibo en el puntual mandato constitucional.  El pueblo se pronunció y su sentencia en una sola el Acuerdo de la Habana no sólo no lo apoyó por mayoría el pueblo sino que el Acuerdo constitucionalmente no existe.

“Dura lex, sed lex” es una expresión latina, originaria del derecho romano, que traducida al español  significa  «dura es la ley, pero es la ley”. Ojalá, las demandas en curso contra el acto legislativo de participación ciudadana, en próxima decisión que ha de adoptar la Honorable Corte Constitucional, anteriores a su resultado, no decreten su inexequibilidad, pues de llegar hacerlo, de un plumazo, con sentencia definitiva se anularía  el plebiscito y la soberanía del pueblo ya no se predicará del mismo,  sino de una de las altas cortes y los magistrados que la integran.

Bernardo Henao habla sobre Alejandro Ordóñez

Por Bernardo Henao Jaramillo

Abogado e investigador

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Bernardo Henao Jaramillo
Bernardo Henao Jaramillo

Abogado e investigador


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