cabeza

Con cabeza fría (III)

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No es tarea fácil, en un país tan polarizado, realizar una labor pedagógica como la que he venido adelantando, a través de la revisión rigurosa, desapasionada y objetiva de los acuerdos de paz con las Farc. Todo aquel que se atreva a cuestionar lo pactado, de manera inmediata es etiquetado como enemigo de la reconciliación, al tiempo que de promotor de la guerra. No creo que haya un solo colombiano que prefiera lo segundo a lo primero. La diferencia de criterios estriba en que la mayoría va orientada por sus deseos, mientras que otros que hacemos parte de la minoría, preferimos revisar, analizar, ponderar, pero, sobre todo, dejarnos guiar por la razón.

No pretendo exponer argumentos baladíes o peregrinos, ni siquiera he considerado imponer mi personalísimo criterio; me he limitado a citar apartes del acuerdo, que, estudiados con algo de juicio, dejan entrever que el país se apresta a votar la sustitución de la arquitectura institucional que conocemos (que mal que bien ha servido), por un modelo concebido y diseñado a la medida de un grupo armado, que precisamente ha considerado, históricamente, que debe darse una transformación radical del Estado. Dicho lo anterior y consciente de los peligros que entraña en estas épocas de incomprensión, hipocresía y engaños decir lo que uno piensa, procedo entonces a poner en evidencia una perla, tan peligrosa, que hace por un collar bomba.

En el punto 1.2.2 del punto 1 de los acuerdos, se dice: “Los Criterios de Priorización de las zonas rurales del país serán: *Los niveles de pobreza, en particular de pobreza extrema y necesidades insatisfechas. *El grado de afectación derivado del conflicto. *La debilidad institucional y administrativa y de la capacidad de gestión. *La Presencia de cultivos de uso ilícito y de otras economías ilegítimas.” Causa preocupación el último ítem de la enumeración, en cuanto plantea un asunto de la mayor gravedad en la lucha contra el narcotráfico: la desaparición de los cultivos ilícitos como conducta punible. En efecto, la sustitución del calificativo “ilícitos” por el determinativo “de uso” ilícito trae, como consecuencia, que el mero cultivo de coca, amapola, marihuana o de cualquier otro tipo de planta alucinógena ya no será, por sí mismo, considerado delito, sino que lo será el uso que se dé a los frutos producidos por esas plantas. Desaparecido ese delito, se garantiza, entre otras cosas, que los cultivadores no puedan ser extraditados a Estados Unidos (hace poco ese país dispuso perseguir a los cultivadores), que los inmuebles de su propiedad y empleados para plantarlos no puedan ser objeto de la acción de extinción de dominio, y, desde luego, de la acción penal. En suma: este punto modifica de plano lo dispuesto en el código penal sobre cultivos ilícitos. En otras palabras: no habrá ni Dios ni ley, cuando de cultivos ilícitos se trate.

En el próximo articulo, anunciaré en sentido de mi voto en el Plebiscito. No pretendo influir en nadie con mi decisión, de lo que se trata, al final, es de ser consecuente y coherente con mis principios y con algo que ha sido de insoslayable relevancia desde siempre para el suscrito: la estabilidad institucional de la República.

La ñapa: La salida presionada y politizada del Procurador Ordóñez es un síntoma inequívoco de que en la Colombia de Santos ya no hay división de poderes.

Por Abelardo De La Espriella

abdelaespriella@lawyersenterprise.com 

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Abelardo De La Espriella
Abelardo De La Espriella

Abogado y Columnista


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