BETTO y el ICBF de La Guajira

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Por Luis Alonso Colmenares Rodríguez.

Parece que el ADN del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) está constituido para mantenerse en el centro de las polémicas politiqueras y cumplir con los propósitos de los políticos.

Información documentada da cuenta del atropello cometido por el ICBF de La Guajira contra la Asociación de Madres Trabajadoras (ASOMADORAS).

La situación es la siguiente:

En diciembre de 2019 el ICBF publicó las convocatorias para conformar el Banco Nacional de Operadores de la Primera Infancia (BNOPI) en el que inscribió ASOMADORAS, con más de 15 años de experiencia, y fue habilitada para hacer parte del selecto grupo de operadores que podían suscribir contratos con el ICBF. (documento)

En el año 2021 el ICBF cambió los procedimientos de selección de operadores, implementando un algoritmo que denominó Bienestar, Eficiencia, Transparencia, Tecnología y Oportunidad (BETTO) para garantizar la objetividad en la escogencia de los operadores, y que en ese mismo sentido se cumpliera con el proceso contractual de manera eficiente.

Y hasta ahí todo bien.

El proceso de selección realizado a través de BETTO posicionó a ASOMADORAS en el primer lugar de elegibilidad de los operadores, y así le fue comunicado de manera oficial, a través de correo electrónico remitido por la doctora Martha Isabel Tovar Turmequé, directora regional encargada del ICBF de La Guajira, el 9 de febrero del presente año a las 3:50 de la tarde: “…como resultado el respectivo orden de elegibilidad, me permito informar: Dentro de la invitación a ofertar en la que usted quedo en primer lugar en el orden de elegibilidad…” (sic) (documento)

A partir de aquí empieza el atraco de BETTO y el ICBF de La Guajira.

¡Oh sorpresa!

En acta publicada el 20 de febrero, el ICBF decide adjudicar a la Fundación para el Desarrollo Integral Sostenible Energia Vital que ocupó el 4º puesto, argumentando que ASOMADORAS “no cumple por experiencia”.(documento)

¿Cómo así? ¿Y entonces por qué BETTO calificó a ASOMADORAS en el primer lugar? ¿Y si ASOMADORAS no cumple por experiencia por qué fue admitida en el BNOPI?

Al revisar la información publicada en el Registro Mercantil de la Cámara de Comercio de Santa Marta, sede de la Fundación para el Desarrollo Integral Sostenible Energia Vital, se encuentra en el objeto social que suministra toda clase bienes y presta toda clase de servicios; la lista es tan larga que no excluye nada, como por ejemplo distribuidor de combustibles, administración de recursos públicos, medio ambiente, ayudas diagnósticas, imaginología, recuperación de cartera, reforestación, etcétera, etcétera, etcétera. (documento)

En fin, ¡hace de todo!

Es decir, se constituye como Fundación pero en todo sentido lleva a cabo actividades lucrativas de una sociedad comercial.

La historia documental de dicha Fundación dice que fue creada en el año 2005 por Pablo Jose Correa y Luis Francisco Schneider, (documento) pero hoy los “socios”, como cualquier empresa comercial, son Luis Gabriel Arregoces Solano y Sandra Milena Campo Ramírez. (documento) Y el Revisor Fiscal es el Contador Público Jose Eduardo Cuello Cuello, del cual tendrá conocimiento la Junta Central de Contadores por intermedio de esta denuncia. Cuesta trabajo dudar que, en algún momento, hubo una compraventa de una Fundación para llevar a cabo actividades con ánimo de lucro; y las autoridades deben investigar.

ASOMADORAS es una Asociación conformada por 10 personas de la etnia wayúu (documento) con más de 15 años de experiencia en el territorio, brindando atención con enfoque diferencial, y cuenta con el respeto y la confianza de las autoridades tradicionales de la Alta Guajira. (documento)

Esta situación que se denuncia debe ser investigada por los organismos de inspección, vigilancia, control y judiciales, además de la Junta Central de Contadores, porque se nota, sin levantar una sola hoja, que pasaron por encima de todo, sin importarles las consecuencias de nada, para sacar a la asociación ASOMADORAS.

Y a pesar de todas las órdenes que dio la Corte Constitucional en la sentencia T302 de 2017 el ICBF todavía no atiende a la niñez de la alta guajira.

Definitavamente, La Guajira está destinada a ser una tierra sin dios ni ley?

@LcolmenaresR

https://www.facebook.com/103446724798947/videos/900779407426520

 

 

 

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