Los malos manejos continuados en SAYCO

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Los compositores de Colombia ahora prodrán utilizar sus obras para diferentes usos comerciales. En el pasado SAYCO se los impedía, pero una jurispruedencia que deja en firme una millonaria sanción contra esa entidad por falta de libre competencia, apoya a los autores.

La Corte Constitucional dejó en firme la Resolución No. 76278 de 3 de noviembre de 2016 proferida por la Superintendencia de Industria y Comercio, que sanciona a Sociedad de Autores y Compositores de Colombia (SAYCO) con $1.378.910.000.   Esta es la Resolución de la Superindustria.

La decisión de la Corte se produjo después de revisar el fallo del 12 de septiembre de 2017 emitido por el Tribunal Administrativo de La Guajira, que obliga a SAYCO a pagar dicha suma. Eduardo Enrique Cantillo Pérez y otros ciudadanos habían interpuesto una tutela contra la mencionada resolución la cual fue declarada improcedente en primera instancia por el Juzgado Tercero Administrativo Oral del Circuito de Riohacha y posteriormente el propio Tribunal Administrativo guajiro que revocó dicha decisión favoreciendo los interés de la sociedad de autores.  Esta es la determinación de la Corte Constitucional sobre SAYCO.

Recordemos que la sanción se dio por violar el régimen de la libre competencia por haber actuado en contravención de los numerales 3 y 6 del artículo 50 del Decreto 2153 de 1992 (…) al aprovechar su posición dominante subordinando la gestión colectiva de algunos usos a la gestión colectiva de todos los usos del derecho de comunicación pública, y con ello se impedía a los titulares gestionar individualmente uno o algunos usos. Así, en los formatos de los contratos de mandato elaborados por SAYCO (para autores, editoras y herederos) se corroboró que no existía posibilidad diferente para ser socio que la de otorgar la gestión de la totalidad de usos del derecho de comunicación pública.

La decisión de la justicia obliga a SAYCO a entre otras medidas “deberá modificar los contratos de mandato futuros, cuyo texto deberá contener una flexibilidad suficiente para que los titulares dispongan libremente de los derechos y usos que pretendan entregar a SAYCO para su gestión. Adicionalmente, deberá estudiar y atender las solicitudes de revocatoria o modificación de los mandatos, permitiendo limitar o extender los derechos entregados en administración.”

La misma resolución sanciona a Jairo Enrique Ruge Ramírez, exgerente general de SAYCO, con la suma de $137.891.000, ya que la Superintendencia pudo establecer, si bien no se encargaba de establecer las condiciones de los contratos, sí ejecutó otros comportamientos que fueron determinantes para la configuración de las conductas restrictivas de la competencia objeto de esta investigación. Con su manifestación de voluntad en ejercicio de la representación legal de SAYCO, por medio de su firma, se comprobó que sí participó en la realización de la conducta, ya que acató e hizo efectivas las condiciones referidas en tales contratos.

Llama poderosamente la atención que es la Superintendencia de Industria y Comercio, la entidad que investiga eficazmente a SAYCO, mientras que la Dirección Nacional de Derechos de Autor, tal como lo dijo la Contraloría General de la República, en una auditoría hecha a la DNDA, sus funciones de inspección, vigilancia y control son ineficaces, infructuosas y con una inoperancia absoluta, que se encuentra dentro de los límites de la complicidad y el consentimiento de las recurrentes irregularidades con los actuales administradores de SAYCO. 

SAYCO es un nicho de corrupción, debido a los malos manejos que le han dado durante décadas sus directivos, nuestro portal promete destapar muchas irregularidades en esta entidad.

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