¡Maduro! "No lo vuelva a hacer, porque si lo hace, se gana una nalgada"

¡Maduro! «No lo vuelva a hacer, porque si lo hace, se gana una nalgada»

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Éste será el único castigo que le podrían imponer a Maduro por las indolentes conductas de deportaciones masivas de colombianos en la frontera colombo-venezolana y la marcación de sus humildes viviendas en esa zona.

En cuanto a la posible denuncia de estos hechos execrables ante la Corte Penal Internacional, no se configura el delito que se le quiere endilgar a Maduro, porque el Artículo 7 del Estatuto de Roma que establece los crímenes de lesa humanidad y los define como actos que se cometen “como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque”, exige un elemento subjetivo consistente en que las personas expulsadas de la zona de donde están siendo deportadas hayan estado en condición de legitimidad y legalidad absoluta.

La denominación que recibe esa conducta punible internacional es “Deportación o traslado forzoso de población”, la cual requiere adicionalmente que se produzca por expulsión u actos coactivos, es decir, de fuerza, “sin motivos autorizados por el derecho internacional.»

Esto quiere decir que Maduro tiene ese as bajo la manga ante cualquier denuncia en el organismo internacional en materia penal, pues los colombianos deportados lastimosamente no estaban en condición legítima, como residentes con documentos aprobados por Venezuela, salvo los que ostenten doble nacionalidad.

Entonces nos preguntamos: ¿Qué camino nos queda? La respuesta tampoco es alentadora.

Ante la imposibilidad de acudir a la CPI, se podría pensar en una denuncia por violación de derechos humanos ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, para que como en el caso de deportaciones de personas haitianas expulsadas de República Dominicana, titulado “Benito Tide y otros Vs. República Dominicana”, se produzcan las correspondientes sanciones al Estado de Venezuela.

Este caso es similar a lo sucedido actualmente en la frontera, pues se relaciona con la detención arbitraria y expulsión sumaria del territorio de República Dominicana, de presuntas víctimas haitianas y dominicanas de ascendencia haitiana, incluidos niñas y niños, sin el seguimiento del procedimiento de expulsión normado en el derecho interno.

Entre las consideraciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, analizó, a) los impedimentos existentes para conceder la nacionalidad a las personas nacidas en territorio dominicano, a pesar de que el Estado recepta el principio de ius soli, es decir, derecho del suelo; b) que el Estado no presentó información que corroborara que el procedimiento de repatriación vigente al momento de los hechos se hubiera aplicado efectivamente a las víctimas; c) que a las víctimas no le fue provista asistencia jurídica, ni tuvieron posibilidad de recurrir la decisión adoptada, ni existió una orden de autoridad competente, independiente e imparcial que decidiera su deportación, ni el Estado indicó el recurso específico al cual podrían haber accedido las víctimas para proteger sus derechos; d) que no tuvieron las víctimas oportunidad de presentar la poca documentación que pudieron haber tenido en su poder y en el caso en que fue presentada, ésta fue destruida por los oficiales dominicanos, lo que implicó que las víctimas se vieran privadas de acreditar su existencia física y su personalidad jurídica; e) que durante su detención, las víctimas no recibieron agua, alimentos ni asistencia médica; f) y que su expulsión conllevó el desarraigo, el desmembramiento de los lazos y la estructura familiar, y afectó el normal desarrollo de las relaciones familiares, incluso para los nuevos miembros de la familia.

Cualquier parecido con la realidad es pura coincidencia.

El informe de fondo de ese proceso, concluyó que República Dominicana es responsable por la violación de los derechos a la personalidad jurídica, a la integridad personal, a la libertad personal, a las garantías judiciales, a la protección a la familia, a los derechos del niño, a la nacionalidad, a la propiedad, a la circulación y residencia, a la igualdad y no discriminación, y a la protección judicial, consagrados en la Convención Americana de Derechos Humanos.

Las sanciones a ese Estado, consistieron en recomendaciones de la Comisión para permitir a todas las víctimas que aún se encontraban en el territorio de Haití, ingresar al territorio de República Dominicana e implementar medidas necesarias para el reconocimiento de la nacionalidad dominicana de las víctimas, además del pago de unas indemnizaciones integrales, un reconocimiento público y unas medidas de no repetición.

Si estas medidas son consideradas ineficaces por algunos contradictores de la jurisdicción de derechos humanos, ¿qué será de lo que le espera a Venezuela por cuenta de las conductas ignominiosas de Maduro?

Pues nada, ¿cómo les parece que esa jurisdicción – Comisión y Corte Interamericana de Derechos Humanos – no es competente en caso de violaciones de derechos humanos cometidas por Venezuela?

El propio Emilio Álvarez Icaza, Secretario Ejecutivo de la Comisión, expresó en entrevista realizada por El Espectador el pasado 10 de septiembre, que Venezuela se retiró de la Convención Americana de DD HH, por lo que “la Corte Interamericana de DD.HH. (Corte IDH) no puede conocer ni fallar sobre ese país.”

Según este veredicto, la Comisión ahora es la última instancia para estos casos, pero solamente mientras Venezuela pertenezca a la Organización de Estados Americanos.

Lo único que faltaría es que Maduro renuncie a la OEA para que no se le apliquen las únicas medidas consistentes en monitoreo, defensa y protección, medidas cautelares, peticiones, informes de fondo, audiencias, solicitudes de información y comunicados. Todo esto, ¡saludos a la bandera!

Nos quedamos inermes e impotentes ante la falta de una jurisdicción sólida y eficaz en materia de protección de derechos humanos frente a dictadores como Maduro, por eso y por ahora, tan sólo le va a caber una recriminación como la de los padres alcahuetes: ¡ Maduro ! “No lo vuelva a hacer, porque si lo hace, se gana una nalgada.”

German Calderon España

Por Germán Calderón España
Abogado Constitucionalista

 

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