Aún no cesa la horrible noche para Uribe

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Por: Germán Calderón España. Abogado Constitucionalista.

Jamás una persona en Colombia había sido sometida judicialmente a tan alto grado de oprobio, ignominia e indignidad. ¿Quién iba a creer que le tocaría al ex presidente Álvaro Uribe Vélez? Un líder político a quien le cobran la transformación de un país débil hacia uno fuerte desde el punto de vista económico, militar y ante la comunidad internacional, y al que, por su forzoso retiro, lo invadió la anarquía, la inseguridad y el debilitamiento institucional con la consecuente pérdida de confianza de la gente en sus autoridades.

Después de ser sometido a un proceso por dos presuntos delitos –soborno y fraude procesal- que, como ya lo dijo el Fiscal 6 Delegado ante la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, no es su autor, tendrá que afrontar desde el viernes 9 de abril, la continuación de la audiencia de preclusión a solicitud del ente acusatorio.

Pero hoy no terminará ese nefasto episodio en la vida del ex presidente Uribe, porque sin importar el sentido de la decisión de la Juez 28 de Conocimiento Penal del Circuito, quien se sienta insatisfecho apelará y el proceso escalará a la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá.

Si se declara la preclusión, las víctimas apelarán; si se niega, el fiscal, el Ministerio Público y la defensa harán lo propio. Y la juez deberá conceder el recurso en el efecto suspensivo, lo que hará que el proceso se paralice hasta tanto el juez de segunda instancia resuelva el recurso de alzada.

En el Tribunal, al cabo de unos días, semanas o meses, se desatará la apelación. Si tiene el sentido deprecado por el fiscal del caso, triunfa la preclusión de la investigación, es decir, cesará con efectos de cosa juzgada la persecución penal en contra del imputado por esos hechos, aunque hay quienes piensan que procedería un recurso extraordinario de casación que podrían incoar los inconformes, lo que trasladaría el debate a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia donde sus colegas de la Sala Especial de Instrucción calificaron jurídicamente la conducta del ex presidente Uribe y le impusieron medida de aseguramiento extramural, bajo el estatuto procesal de la Ley 600 de 2000, en atención a que en ese momento el ex presidente ejercía el cargo de Senador de la República.

En mi concepto, esa decisión no es sujeta de recurso extraordinario de casación, porque la misma no comporta la naturaleza de una sentencia absolutoria o condenatoria producto de un juicio oral, sumado a que la preclusión produce el efecto de cosa juzgada.

Si en el Tribunal la decisión es contraria a la preclusión de la investigación, el Fiscal deberá elaborar el escrito de acusación y sustentarlo en audiencia ante un Juez de conocimiento Penal del Circuito, distinto a la Juez que en el momento tramita dichas diligencias.

Esto presagia que la sustentación de la preclusión de la investigación por parte del fiscal se llevará a cabo en, por lo menos, 8 a 10 meses, es decir, en el mejor de los casos, en el primer semestre del año 2022.

Mientras tanto, están en juego bienes de alta significación objetiva protegidos por el orden jurídico, por la Constitución Política de Colombia y la Ley, entre ellos, la honra, el buen nombre y la dignidad humana del ex presidente Uribe, vulnerados por sus opositores en las redes sociales y especialmente, por el recién galardonado con el premio India Catalina, el periodista y abogado Daniel Mendoza y su serie Matarife, a quienes la justicia constitucional en sede de tutela en sus correspondientes primera y segunda instancia, no han tenido la grandeza de restablecer los derechos fundamentales del ex presidente abiertamente pisoteados.

De ahí que, siempre sostuve desde el inicio del proceso contra el ex presidente Uribe, i) que debía renunciar al cargo de senador para desprenderse de esa investidura y, ii) que se debía pelear para que ese proceso fuera del conocimiento de la Cámara de Representantes, quien verdaderamente es el juez natural de los ex presidentes, de conformidad con el fuero legal exceptivo que les asiste por haber detentado la máxima dignidad de Presidentes de la República.

Como constitucionalista, he defendido causas exclusivamente porque consideré que a ciertos ciudadanos se les atropella sus derechos sin justificación razonable y objetiva, como así lo hice, junto con mi hijo Sebastián, hoy abogado e historiador, ante la destitución que el Procurador Ordoñez le propinara a Gustavo Petro o, como cuando demandé las pensiones millonarias para que el sistema pensional fuera mucho más equitativo y progresista o, cuando interpuse una acción de tutela para que no se murieran más niños en la Guajira por cuenta de la negligencia estatal o, como hace algunos días, cuando interpuse una acción de tutela para que se le reconozca el derecho fundamental a la personalidad jurídica a un extranjero que se encuentra “atrapado sin salida” –Umar Al Hassan-, crónica develada por el programa Los Informantes de Caracol.

Hoy, estoy completamente seguro, -apropiado del conocimiento de un acervo probatorio que lo favorece- que el ex presidente Uribe es absolutamente inocente de los crímines que se le imputan y que todo obedece al discurso del odio que nos invadió y que cada día nos hace un país más pequeño, más pobre, y en ocasiones, maldito, imprecado, perverso, protervo, ruin y miserable. Por eso, aquí estaré defendiéndolo con mis escritos y aquí me quedaré ofreciéndole mis conocimientos desde una mirada constitucional hasta que salga avante de ésta, una lucha más en su vida.

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