Durante la mesa de concertación de las Reformas Pensional y Laboral, en la que participan el Ministerio de Trabajo, los gremios y las centrales de trabajadores, se conocieron los elementos principales del borrador de la reforma pensional.
En relación a la propuesta original de la que había hablado el Gobierno para la construcción de un sistema de pilares, el primer punto de la reforma contaría con un pilar solidario que beneficiaría a todos los adultos mayores de 65 años con un subsidio de $223.000.
Ese dinero lo recibirían 2,5 millones de adultos mayores.
También, se crea un pilar semicontributivo, que otorgará una renta a las personas que no se pudieron pensionar, pero que tienen el tiempo de cotización completo, ya sea por medio de Colpensiones o de los fondos privados.
Un tercer pilar sería el contributivo. En este deberán aportar a Colpensiones todas las personas que devenguen hasta tres salarios mínimos y las AFP recibirán las cotizaciones por encima de este rango.
Según el ministerio de Trabajo, las semanas de cotización, así como la edad, de mantienen.
El último pilar es el denominado el de ahorro individual voluntario, en el que estarán todas las personas que tengan capacidad de ahorrar para mejorar su pensión.
Otras propuestas
Según se dio a conocer, el proyecto de reforma pensional también propone:
– Crear un Fondo para el Ahorro. Con él se evitaría cualquier impacto al mercado de valores y adquisición TES o títulos de deuda pública. El documento dice que el dinero que tienen los afiliados seguirá siendo administrado por las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) y «solo se usarán para el reconocimiento de sus pensiones«.
– Condiciones especiales para la mujer. Se otorgaría una reducción en cantidad de semanas mínimas: de 50 semanas por cada hijo sin que supera los 3 hijos, es decir, 150 semanas para compensar el trabajo de cuidado.
– Pensiones de invalidez y de sobrevivientes. No tendrían cambios y los requisitos serían los mismos, solo que Colpensiones las reconocería.
– Derechos adquiridos. Las personas pensionadas continuarían con las mismas condiciones.
– Régimen de transición. Aplicaría para los afiliados al sistema de pensiones que tengan 1.000 semanas cotizadas. A ellos se les respetaría las condiciones del régimen anterior (Ley 100 de 1993).