Votación para elegir Contralor no podría ser pública porque viola el secreto del voto, según Corte Constitucional

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Por: Eduardo Padilla Hernández, presidente Redvigila*.

Con relación a la elección de la persona que va a convertir en la cabeza de la Contraloría General de la República de Colombia en los próximos cuatro años, como abogado y veedor, debo hacer unas observaciones puntuales de acuerdo con la jurisprudencia nacional.

En el Congreso hay dos enfoques en discordancia:
Un sector, en cabeza del senador Gustavo Bolívar, propone que el voto sea público, mientras que el otro sector se mantiene de acuerdo al carácter secreto del voto.

Yo estoy de acuerdo con la segunda versión, pues el voto debe ser secreto, para estar alineado con la sentencia T-261-98 de la Corte Constitucional de Colombia, cuyo fallo dice que “La Corte considera que el secreto del voto sí ostenta el carácter de derecho fundamental. La existencia del voto secreto es determinante para que las personas puedan ejercer en completa libertad su derecho de sufragio y, por lo tanto, puedan cumplir a cabalidad con su papel de electores de sus gobernantes. Si el voto es obligatoriamente público o si no se garantiza a las personas la reserva de su voto, el ciudadano puede ser objeto de amenazas o represalias, con lo cual perderá la libertad de elegir y se atentará contra el principio de que los gobernantes sean elegidos por el mismo pueblo. El derecho al voto consignado en el artículo 40 de la Carta incluye dentro de su núcleo esencial el derecho del ciudadano de que el sentido de su voto sea secreto. Ello implica que los ciudadanos sí poseen el derecho fundamental a exigir que la administración electoral desarrolle los mecanismos necesarios para impedir que las demás personas conozcan la orientación política de su voto”.

Esto significa que de acuerdo con el Alto Tribunal, el voto debe ser secreto porque de lo contrario viola un derecho fundamental y expone al elector al riesgo contra su vida por posibles amenazas.

Y agrega la Corte “El desarrollo del derecho electoral desde el siglo XIX ha llevado a la formulación y aceptación general de cuatro principios clásicos del sufragio, de acuerdo con los cuales el voto debe ser universal, igual, directo y secreto”. Por lo tanto, no se puede violar el procedimiento electoral.

Sentencia de la C. Constitucional

No tengo dudas de que el Congreso va a manejar la deliberación para elegir Contralor con exequibilidad, teniendo en cuenta que este principio se refiere a que el nombramiento se realice acorde con la Constitución Política de Colombia.

Por esta razón deseo que los sectores del Congreso que ahora asumen posiciones divergentes se pongan de acuerdo para que el resultado sea para bien de la Nación.

Yo conozco al senador Gustavo Bolívar desde hace 25 años, un ser de excelentes cualidades que siempre habla con pasión de la justicia social. Es menester declarar que él es punta de lanza en cuanto al conjunto de valores humanos que posee, una conciencia que determina el comportamiento en interacción con su espacio.

Siempre lo he apreciado por su lucha anticorrupción. No vacilo en apoyarlo en sus propuestas frente a mejorar los organismos del Estado. Sus reconvenciones dirigidas a las entidades de control son de gran valía. En este sentido tiene todo mi apoyo.

Merece todo el crédito por la estipulación que el senador Bolívar presentó para la firma de los candidatos que aspiran a ejercer las funciones propias del Contralor General de la República, como es la hacer un concurso de méritos y no dar cuotas a la politiquería.

El Senado en la elección del Contralor

Estoy seguro que vamos a trabajar juntos por el bienestar del país, pero vale la pena aclarar que mis observaciones legales son para efectos de lograr que el Senado no incurra en errores ni en vicios que den lugar a demandas que impidan la estabilidad administrativa en la Contraloría.

Es oportuno refrescar la memoria respecto al hecho de que durante 20 años los entes de control no se centraron en los casos verdaderamente importantes que tienen que ver con la corrupción y han estado distraídos en miles de investigaciones por asuntos de poca monta, que no afectan ni la moralidad ni la eficiencia, ni el correcto manejo de los recursos públicos.

Los colombianos conocemos los casos de corrupción alarmantes de los órganos de control.
¡No queremos que estas cosas continúen ocurriendo!

Asociación Colombiana de Veedurías Ciudadanas*

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Eduardo Padilla Hernández
Eduardo Padilla Hernández

Abogado, Columnista y Presidente Asored Nacional de Veedurías


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