Errónea valoración probatoria de la Silla Vacía sobre caso del abogado Cadena

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Por: Germán Calderón España (*).

El portal La Silla Vacía en su artículo de hoy titulado “Siete episodios revelan que Uribe estaba pendiente de la labor de Cadena”, incurre en una errónea valoración probatoria, revelando cosas que no se pueden revelar así y haciendo análisis de piezas procesales dadas a conocer al público en general, faltando a principios como la integralidad procesal y probatoria de obligatoria aplicación para los fiscales y los jueces de la república, y de un contenido filosófico, sociológico, deontológico, como de la lógica y la sana crítica.

En materia de valoración probatoria, tanto la doctrina como la jurisprudencia de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia han sostenido que “…la actividad probatoria debe estar orientada hacia la construcción de argumentos que permitan inferir con alta probabilidad (más allá de toda duda razonable) que ciertos hechos ocurrieron de determinada manera, para adecuarlos luego a una norma y establecer así las consecuencias que de ello se derivan.”[1] (Negrillas mías).

En ese sentido, la valoración probatoria que hace el juez debe ser integral, incluyendo lo que le es favorable como lo desfavorable al procesado, y por eso mismo, no se puede sacar conclusiones o “revelaciones” de unos apartes de transcripciones de interceptaciones entre el ex Presidente Uribe y su abogado, pues desdibuja ese proceso mental que lleva al operador judicial a tomar decisiones, aún estando en el terreno de lo plausible o de lo probable en donde no siempre es posible establecer con certeza lo ocurrido.

A partir de estos breves conceptos, cuando La Silla Vacía dice, por ejemplo, que, “Uribe muestra interés en la retractación que Monsalve iba a entregar a Cadena”, induce al lector a pensar que ese “interés” se reviste de alguna porción de ilegalidad, cuando por el contrario, es legítimo en el ejercicio de su derecho a la defensa que le asiste.

El portal en este caso se pega de la expresión del ex Presidente Uribe: “hombre, eso ayuda enormemente, eso ayuda enormemente” refiriéndose a una eventual retractación del testigo Monsalve, quien al decir del abogado Cadena, está arrepentido de testificar en su contra y de su hermano Santiago Uribe Vélez.

Le pregunto a cualquier ciudadano que se encuentre dentro de una investigación por cuenta de un falso testimonio, al que su abogado le informa que ese testigo medular se va a retractar porque siente arrepentimiento por haber hecho un acto indebido, si no causa por no decir más, alegría, tranquilidad, utilidad, esperanza, etc.

Aquí no hay ninguna revelación, lo que se da es una expresión normal que, aunada a la frase del ex Presidente Uribe, también evidenciada en el marco de esa conversación, que “…queda claro que aquí no hay nada oscuro, ni ningún interés de ofrecerle prebendas ni nada”, pues devela la legalidad con la que se estaba actuando frente a ese testigo, quien según los dichos del abogado Cadena “él fue presionado”.

También afirma La Silla Vacía que “Uribe se interesa en la reunión de Cadena con la esposa de Monsalve”, cuando resulta absolutamente lógico que si el testigo medular, el que lo tiene enlodado en un proceso que pende solamente de ese testimonio, va a entregar su retractación por intermedio de su esposa, el afectado se interese por saber algo de esa persona, ¿quién es? ¿a qué se dedica?, etc.

En ningún momento se habla de ofrecimientos de dádivas, obsequios económicos o cualquier otro regalo o pago pecuniario. Tampoco se podría deducir que la reunión sostenida entre el abogado Cadena y la esposa de Monsalve tenía la anuencia del ex Presidente Uribe, pues lo entendido era que simplemente esta persona iba a hacer las veces de mensajera de un documento de retractación de un falso testimonio.

Por otra parte, La Silla Vacía pone en entredicho el hecho que “Uribe le pide a Juan Guillermo Villegas enviarle un mensaje a Monsalve”, sin tener en cuenta que el falso testigo Monsalve no realizaría la retractación del testimonio hasta tanto tuviera certeza de que el abogado Cadena sí actuaba en representación del ex Presidente Uribe y una de las formas de hacérselo saber era enviándole un mensaje con Villegas, conocido de la familia de Monsalve, situación que tampoco se configura como una gran revelación, pues ese episodio hace parte del diario proceder de personas que se encuentran sub judice y que continúan sus actividades delictivas en las cárceles del país, como por ejemplo, emitiendo falsos testimonios por intereses económicos o políticos.

Lo que no resalta el portal, es cuando el ex Presidente Uribe le dice a Villegas “…el abogado es el doctor Diego Cadena, yo lo único que necesito es que él diga la verdad porque eso es pa` la Corte Suprema.”

Otra ligereza conceptual en la que cae La Silla Vacía se presenta cuando afirma como otra gran revelación que “Uribe pidió a Lombana que fuera a visitar a Monsalve”, pues claro que si yo fuera el investigado enviaría a mis abogados a concretar la retractación que, en este caso, el propio falso testigo Monsalve había decidido presentar ante la Corte Suprema de Justicia, puesto que como él mismo lo dijo en varias ocasiones, dicho falso testimonio fue deprecado bajo la presión del congresista Cepeda. Además, Monsalve fue quien manifestó su interés de hablar con Lombana como requisito previo para materializar la retractación.

Cuando La Silla Vacía “revela” que “Uribe sugiere a Cadena que usen la Carta a Pardo Hasche” comete, la que considero, la más grave, equivocada y errónea valoración de la prueba, porque afirma tajantemente que “Pardo Hasche es clave porque es compañero de reclusión de Monsalve y se cree que él era el encargado de persuadir dentro de La Picota a ese testigo para que cambiara su versión”.

¿Por qué es grave, equivocada y errónea? Porque el libre ejercicio de la expresión, de la información o de la opinión tiene un límite en el principio de la veracidad, el cual se desdibuja cuando se hacen conjeturas como que “se cree que él era el encargado de persuadir dentro de La Picota a ese testigo para que cambiara su versión”. ¿quién cree? ¿el opinador, el articulista o periodista que hizo la nota? ¿el fiscal? ¿el juez?

Además, porque ese “Uribe sugiere a Cadena…” se refiere a “por qué no le decimos a ese testigo que mande la nota a la Corte Suprema”. ¿Acaso ese no es el procedimiento legal cuando un falso testigo se retracta de su acto ilegal?.

Las “revelaciones” de La Silla Vacía van adquiriendo mayor grado de tergiversación entre lo que podría ser “legal” o “ilegal” para hacer ver lo legal como ilegal, valga el redundante parafraseo, pues afirma que “Uribe aprueba pedir revisión de la pena de Monsalve y reforzar su seguridad”, pues era lógica la preocupación del ex Presidente Uribe por la integridad de su falso testigo que en un acto de contrición decide retractarse y porque como él mismo lo dijo, “tiene un sector de este país de enemigos no buscados que le asignan hasta asesinatos.”

En cuanto al recurso de revisión, bien puede cualquier abogado ofrecer sus servicios, incluso gratuitos, para velar por la posibilidad jurídica de la revisión de un fallo de una persona que arrepentida, ofrezca retractarse de su falso testimonio a favor de su víctima, acto que no depende de su voluntad sino del oferente de dicho servicio, y aún si lo hubiese hecho por su iniciativa, no es ilegal. Como muestra de esto, el abogado Cadena le dice al ex Presidente: “…yo tengo algo en mente, pero quiero consultarlo con usted y es un tema que, que me faculta para poder ayudar a este señor. En una acción de revisión ante la Corte…”.

El portal no resalta que el ex Presidente le pide a su abogado Cadena, que eso se haga públicamente, con lo cual demuestra su intención de no hacer nada por debajo de la mesa o a espaldas del conocimiento de la ciudadanía y de las autoridades.

Por último, La Silla Vacía certifica que “Uribe está al tanto de las ayudas de Cadena al testigo Vélez”, asumiendo que no oponerse a que el abogado Cadena ofrezca asesorías en algunos trámites judiciales a terceras personas, entre ellas a otro falso testigo como lo era Vélez, es un acto ilegal. No analiza el portal que si algo caracteriza a la profesión de abogado es su naturaleza liberal.

Realicé este ejercicio de contradicción, no para censurar los derechos fundamentales a la libre expresión, a la información o al libre ejercicio de la profesión del periodismo, sino para que tengamos en cuenta que en ciertas materias especializadas, ponerse en el papel de fiscal o de juez, resulta delicado cuando en el medio está la integridad de una persona, la presunción de su inocencia y el derecho fundamental a la defensa, pero ante todo, la actividad probatoria que el fiscal de un caso en concreto debe desplegar, en algunos casos, con varias hipótesis plausibles ante las que deberá explicar por qué se inclina por una de ellas, implicando la realización de los actos de investigación necesarios para lograr el mejor conocimiento posible de lo ocurrido, y la transmisión de dicho conocimiento al juez a través de los medios de prueba, porque de lo contrario refluye la duda razonable que torna improcedente la imposición de una sanción.

[1] Tomado de: LA PRUEBA EN EL PROCESO PENAL COLOMBIANO, Luis Fernando Bedoya Sierra. Fiscalía General de la Nación, Escuela de Estudios e Investigaciones Criminalísticas y Ciencias Forenses. 2008.

  • Abogado constitucionalista.
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