ivan cepeda

El Consejo Electoral dijo que Iván Cepeda está inhabilitado para participar en la consulta «Frente por la Vida» de marzo e irá directo a la primera vuelta de las elecciones

Compártelo:

El Consejo Nacional Electoral (CNE) determinó que el candidato presidencial del Pacto Histórico, Iván Cepeda Castro, no podrá participar en la consulta interpartidista del mes de marzo de 2026.

Tras la intervención de los conjueces que fueron nombrados para este proceso, la votación final en el CNE quedó 6-4, por lo que se lograron configurar las mayorías que consideraron que Cepeda está inhabilitado para participar en la denominada consulta «Frente por la Vida».

Así quedó la votación final:

Los magistrados y el conjuez que votaron en contra de Iván Cepeda, son:

  • Alfonso Campo
  • Maritza Martínez
  • Benjamín Ortiz
  • Álvaro Hernán Prada
  • Cristian Quiroz
  • Hollman Ibáñez (Conjuez)

Los magistrados y el conjuez que votaron a favor de Iván Cepeda son:

  • Alba Lucía Velásquez
  • Fabiola Márquez
  • Álvaro Echeverry
  • Alberto Rojas Ríos (Conjuez)

Esta decisión del tribunal electoral implica que el candidato Iván Cepeda irá de manera directa a la primera vuelta presidencial, tal y como él mismo lo había anticipado días atrás y ante sus electores.

¿Qué dijeron los conjueces?

Los conjueces Hollman Ibáñez y Alberto Rojas Ríos tuvieron posiciones divididas. El conjuez Ibáñez planteó la tesis que sí se configuró una prohibición para el candidato Iván Cepeda, por cuanto la consulta del año pasado sí tuvo un carácter interpartidista.

“Es claro que sin importar la clase de consulta que se adelante, quien participe en alguna de ellas, no podrá participar en una consulta similar en el mismo proceso electoral”, dijo Ibáñez durante la audiencia.

Por su parte, Rojas consideró que Cepeda sí debía participar ya que en este caso no se configuró doble militancia porque los partidos que participaron en la consulta del año pasado, fueron fusionados en lo que hoy se denomina Pacto Histórico.

El citado magistrado afirmó durante la audiencia pública que se adelantó en el CNE que “la participación de un candidato en dos consultas, no es una cuestión que vaya contra la constitución y la ley”, por lo que en su concepto, el aspirante Cepeda podía acudir al proceso de marzo.

“No se prohíbe expresamente que un precandidato participe en más de una consulta (…) la prohibición legal corresponde cuando un precandidato desconoce su resultado y pretende inscribirse como candidato en una organización distinta”, afirmó Rojas.

Dijo que la consulta de octubre de 2025 que ganó Cepeda, tuvo un carácter partidista y no interpartidista, por lo que no tiene inhabilidad para ir a la consulta de marzo del 2026. No obstante, Rojas dejó una observación diciendo que el CNE no era competente para definir el caso de Cepeda, por cuando es precandidato y no candidato presidencial.

Tras esta decisión, el expediente ahora pasó al magistrado Alfonso Campo que deberá elaborar una nueva ponencia con la posición mayoritaria expresada en la sala del Consejo Nacional Electoral y de esta manera confirmar la decisión de que Iván Cepeda no puede participar en la consulta de marzo.

 
Compártelo:
La Otra Cara
La Otra Cara

La Otra Cara es un portal de periodismo independiente cuyo objetivo es investigar, denunciar e informar de manera equitativa, analítica, con pruebas y en primicia, toda clase de temas ocultos de interés nacional. Dirigida por Sixto Alfredo Pinto.


Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *