La Corte Constitucional tumbó uno de los decretos de Conmoción Interior del Catatumbo porque quedó mal firmado

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El Alto Tribunal acogió el concepto de la Procuraduría General, la cual descubrió que dos de los funcionarios que aparecían firmando el decreto no podían hacerlo.

La Sala Plena de la Corte Constitucional declaró inexequible el Decreto 131 de 2025, uno de los decretos de desarrollo de la conmoción interior en el Catatumbo (Norte de Santander), dirigido a la asignación de recursos para proyectos de inversión en esa región. Este decreto se cayó porque quedó mal firmado por los ministros.

El citado decreto fue firmado por dos personas que no podían imponerle su rúbrica: Polivio Leandro Rosales, quien estaba como Ministro (e) de Agricultura, pero en el momento en que se expidió, ya la ministra titular Martha Carvajalino estaba de vuelta en funciones.

Lo mismo ocurrió con el  entonces Ministro de  Comercio, Industria y Turismo, Luis Carlos Reyes, quien firmó el Decreto un día antes de su expedición, pero al momento en que se hizo oficial, estaba en un viaje en el exterior, por lo cual no estaba en funciones de Ministro y no podía aparecer firmando.

“Con fundamento en lo anterior, la Corte concluyó que el Decreto Legislativo 0131 de 2025 debía ser declarado inexequible en su integridad, por cuanto la ausencia de las dos firmas constituye un vicio formal e insubsanable” , ratificó el Alto Tribunal.

En el marco del análisis del contenido del Decreto como tal, la Corte Constitucional amparada en el precedente del decreto “madre” de la conmoción (donde se avalaron solo las medidas para atender la emergencia humanitaria y no la crisis estructural), también cuestionó la asignación de recursos para temas ambientales y de inversión de desarrollo regional, distintos a aquellos de inversión social para la implementación del Acuerdo de Paz.

La Sala Plena aclaró que los efectos de su decisión no son retroactivos, por lo cual solo tendrá efectos hacia el futuro (este es uno de los decretos que no fue prorrogado). Es decir, que todos los proyectos amparados por el Decreto que se hayan aprobado y estén en ejecución con asignaciones para la paz, la inversión regional del 40% en cabeza de las regiones y el Sistema General de Regalías, podrán continuar vigentes.

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