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La jornada nocturna para los trabajadores comenzará a las 7pm en todas las empresas, así lo estipuló la Reforma Laboral aprobada en Plenaria del Senado

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En el último debate, el Gobierno logró aprobar el carácter laboral del contrato de los aprendices del Sena y la jornada nocturna a partir de las 7:00 de la noche sin excepciones, entre otras.

Este martes, 17 de junio de 2025,  la Plenaria del Senado de la República de Colombia aprobó en su último debate el proyecto de Reforma Laboral presentado por el Gobierno del Presidente Gustavo Petro Urrego y que fue resucitado el pasado 14 de mayo mediante una apelación del senador verde Fabián Díaz.

El proceso en el Congreso comenzó a las 9:00 de la mañana, pero no se alcanzó un acuerdo frente a los 12 artículos que faltaban por votar de la ponencia, ante lo cual la decisión fue someter el tema al voto de la Plenaria uno por uno.

En ese ejercicio el Gobierno pudo establecer mayorías en la eliminación de tres artículos como el que limitaba los casos de estabilidad laboral reforzada (artículo 9) como mujeres y personas en estado de embarazo, prepensionados y personas en condición de discapacidad; y los dos artículos que regulan tanto el trabajo a tiempo parcial o mal llamado ‘trabajo por horas’ (artículo 37) y la Unidad de Trabajo Especial (artículo 38) para aportes en seguridad social.

La bancada de Gobierno también logró mayorías para eliminar el parágrafo del artículo 12, que establece la jornada máxima legal semanal y que proponía una jornada de cuatro días de trabajo con tres días de descanso mediante el acuerdo entre empleador y empleado.

Esas mismas mayorías, le sirvieron al Gobierno para aprobar una línea roja del proyecto: el carácter del contrato de los aprendices del Sena. Por medio de una proposición presentada por el senador verde Ariel Ávila, la ley ahora señala que el contrato de los aprendices será de carácter laboral con todas las prestaciones de ley incluidas durante su etapa lectiva.

Los aprendices recibirán el 75 % del salario mínimo en etapa lectiva ($1.067.300 pesos) y el 100 % del mínimo durante la etapa práctica ($1.423.500 pesos). A esto se suma la afiliación a salud, pensión, riesgos laborales y la inclusión de beneficios convencionales.

Jornada nocturna

Sobre los recargos en dominicales y festivos, las mayorías en la plenaria optaron por mantener lo propuesto por la Cámara y la Comisión Cuarta de en el caso de los festivos este recargo sea hasta aumentado de forma progresiva el 100 % del salario mínimo. La progresividad se implementará en un 80 % a partir de julio de 2025, 90 % a partir de julio de 2026 y 100 % a partir de julio de 2027.

En la plenaria también se aprobó el artículo 62 que establece una protección laboral frente a procesos de descarbonización y transición energética de las empresas dedicadas a la explotación de hidrocarburos y minería; así como el artículo 74 que establece la vinculación laboral formal de las madres comunitarias, trabajadores de hogares infantiles y madres sustitutas del ICBF.

Frente a la política de formalización laboral para el sector de transportadores de carga, la decisión de los ponentes fue eliminar dicho artículos de la ponencia y dejar el texto para la conciliación.

La iniciativa pasa ahora a conciliación con la Cámara de Representantes para la presentación de un texto único que debe ser aprobado por las plenarias de ambas Cámaras antes del cierre legislativo el próximo viernes 20 de junio.

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