Por LUCIO TORRES
La dudosa reelección del Director General de Cardique, Olaf Puello Castillo, no solo lo llevó a un desgaste en el cargo, sino que lo condujo a una conducta temeraria desafiando la ley de contratación (ley 80/94) y la normatividad vigente para la concesión de licencias ambientales a proyectos que destruyen el medio ambiente o negación a otros, en forma arbitraria, bajo la dictadura de la presunción de legalidad, ya que representa a una autoridad ambiental de la región. El año de 2017 fue de saqueo y corrupción en Cardique. Por eso, Olaf está en la cárcel junto con varios de sus compinches (la subdirectora de Planeación Katherine Martelo Fernández), constituyéndose un delito que se denomina concierto para delinquir.
Hay varios casos que soportan esta hipótesis periodística: La negación de una licencia ambiental a una estación de gasolina a la entrada de la urbanización La Bonanza en Turbaco; y, por el contrario, la concesión de la licencia del rellenos sanitario Sin Pensar en El Carmen de Bolívar.
(Recordamos la primera parte de este informe: ¿Por qué se torció Olaff para licenciar el relleno sanitario Sin Pensar? (I)
Procuraduría solicita celeridad a Cardique caso gasolinera Bonanza en Turbaco.
Llama la atención la falsedad que se pudiera producir cuando expidió la Resolución No 1452 del 5 de Octubre del año 2016, mediante la cual aprobó la construcción del relleno sanitario Sin Pensar en El Carmen de Bolívar a la empresa Servisaseo violando las norma, ya que el peticionario presentó un documento falsos (acta de socialización del proyecto) y falsearon la realidad con una certificación espuria del secretario de Planeación de El Carmen de Bolívar, Richard Gianni Sierra, ratificada por el propio subdirector de Gestión Ambiental de Cardique, Angelo Bacci Hernández y la subdirectora de Planeación hoy capturada por la Fiscalía.
Estando las cosas en este punto, retomamos la historia. Olaff Puello le dirigió el oficio No 2495 de marzo de 2016 al alcalde actual, Rafel Gallo Paredes, insistiendole que le certificara el uso del suelo del predio Sin Pensar, y para ello le hace un recuento de las respuestas anteriores tanto del Secretario de Planeación y del alcalde anterior, Pacho Vega. Y también Olaff le dice al burgomaestre Gallo que de existir cualquier duda se comunicara con los servidores públicos de Cardique, Edwin Molina, Doris Luz Jiménez Montiel y Erick Manuel Cassiani Díaz, a la postre, los sustanciadores del expediente No 3339 que concluyó entregando la licencia a Serviaseo para el relleno sanitario.
¿En qué momento se torció Olaff?
“En atención al radicado de la referencia, me permito remitir para su conocimiento y fines pertinentes el certificado de usos de Suelo-Plan Básico de Uso de Suelo (PBOT) del municipio de El Carmen de Bolívar, en el cual certifica que el suelo se encuentra apto para la construcción de infraestructura del RELLENO SANITARIO“. (Mayúscula de su autora, folio 141 del expediente).
El memorando fue proyectado por María Elvira Preciado Montoya para la secretaría general, y adjunta la certificación firmada por el Secretario de Planeación de El Carmen de Bolívar, Richard Gianni Sierra, quien a su vez certifica:
«Teniendo en cuenta lo anterior, podemos señalar que cualquier área de la zona rural de El Carmen de Bolívar, que cumpla con los requisitos legales, técnicos y ambientales para la construcción de rellenos sanitarios, plantas de tratamiento, puede ser usadas para estos fines en concordancia con el artículo 544 del acuerdo municipal No 008 de 2008 (Sic)».
Fíjense que no hay un hecho distinto que contradiga la certificación del alcalde anterior, Pacho Vega, emitida en 2015 y que se sustenta (¡curiosa coincidencia!) sobre el mismo documento, el acuerdo 008 de 2002. Lo que olvida Gianni —que él mismo cita para dar su concepto torcido— es que en el acuerdo de marras habla de “una zona de reserva” en su artículo 544 dice:
«DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS SÓLIDOS Y LIQUIDOS. Para las actividades socioeconómicas que genera la prestación de servicios públicos domiciliarios, específicamente el servicio de alcantarillado y aseo se contemplará la zona rural, la ubicación de una zona de reserva, para la provisión de infraestructura de servicios públicos en las demandas futuras de relleno sanitario (residuo sólido), planta de tratamiento de residuos líquidos, y otras infraestructuras. Esta zona cobija los predios rurales».
Lo curioso y extremadamente sospechoso, es que Olaff Puello le da la razón a la apoderada de Serviaseo S.A., Juhnny de la Cruz Emiliani, la abogada que diseñó la argumentación peregrina para oponerse a la resolución mediante la cual, en principio, Cardique declaró inviable —a través de la resolución No 1072 de 2015— otorgar la licencia ambiental. Pero para justificar su reculada y lavarse las manos como Poncio Pilatos, Olaff le pidió al alcalde Gallo que certificara el uso del suelo, y como éste no lo hizo, el Secretario de Planeación Gianni Sierra le certificó a Cardique que los terrenos de Sin Pensar sí son aptos para el relleno sanitario, contrario a la realidad, tal como lo había certificado el alcalde anterior Pacho Vega Arrauth.
La subdirectora de Planeación de Cardique, Katerine Martelo Fenández, le informa a Bacci Hernández —subdirector de Gestión Ambiental— mediante memorando interno fechado el 4 de octubre de 2016, que los terrenos de Sin Pensar sí son aptos para darle viabilidad al relleno sanitario. Acto seguido, en el mismo memorando, le dice:
“El predio objeto de solicitud de información se encuentra localizado en zona rural del municipio de El Carmen de Bolívar, a la altura del kilómetro 12,5 de la carretera de El Carmen de Bolívar — Zambrano, departamento de Bolívar”.
Pero dice más adelante:
“De acuerdo al cuadro No. 1 – UNIDADES DE MANEJO DEL TERRITORIO MUNICIPAL del Tomo III del PBOT de El Carmen de Bolívar, el lote Sin Pensar se encuentra en Zonas de producción agraria (UPA 1) y Zonas de Protección (UPC)”.
De manera conclusiva, el estudio de Cardique dice:
“El lote objeto de consulta se encuentra en suelo rural clasificado según el cuadro CUADRO No. 4 – UNIDADES DE MANEJO DEL TERRITORIO MUNICIPAL, del Tomo III del PBOT de El Carmen de Bolívar, como zona de producción agraria (UPA 1) y Zona de Protección (UPC), tal como lo establece el cuadro 5 – USOS PROPUESTOS DE LAS UNIDADES DE MANEJO DEL TERRITORIO MUNICIPAL DE EL CARMEN DE BOLÍVAR”.
En palabras coloquiales, Sin Pensar se encuentra ubicado en una zona de vocación agraria para el cultivo de maíz, yuca, ají, millo, frijol, tabaco, plátano y pasto. Pero para que nos de más rabia, (¡me saca la piedra!), también está en una zona de protección ambiental. ¿Te sorprende? Claro que nos debe sorprender, puesto que planteada así las cosas, va contra la ley y la sostenibilidad de cualquier proyecto económico por mucho beneficio social que nos brinda un relleno sanitario. Y razón tienen las protestas de víctimas del conflicto, cuyos predios fueron restituidos y están colindantes a Sin Pensar.
Si hacemos un mero contraste entre la certificación y el PBOT de El Carmen, nos daríamos cuenta que Sin Pensar no está dentro de la zona reservada para la construcción de dicha infraestructura, puesto que está en el km 13, ciertamente en predios rurales que no podría ser distinto, porque una obra de esas características no puede estar en sitios de expansión urbana, pero por fuera de la reservada para esta clase de infraestructura. En El Carmen había dos zonas de uso de suelo de reserva: Una hacia la vía de Ovejas Sucre y la otra a Zambrano desde el km 13. El artículo 1 del acuerdo No 004 de 2014, que modificó el PBOT, dejó una sola, la otra se destinó para la construcción de vivienda de interés social.
Sorprendente la conclusión de la verificación de Cardique: “El predio se encuentra en una zona rural”. Mas no dice que se encuentra en la zona de reserva, porque sería muy evidente el fraude. Solo se limita hacer de la vista gorda para que el fraude se consolide, y con ello se cometería varios delitos: Fraude, prevaricato y concurso homogéneo y heterogéneo de tipos penales. ¿Quiénes serían los sujetos activos? El alcalde Gallo Paredes guarda silencio, pero también podría ser procesado por su conducta omisiva, ya que sería cómplice del fraude. Bastaría una denuncia penal y disciplinaria contra su conducta para que actúe de inmediato. Es más: Los agentes cívicos de El Carmen pueden actuar judicialmente contra los implicados en este caso de Sin Pensar.
Como lo demuestro claramente en este informe de investigación, Olaff Puello Castillo se torció lavándose las manos y haciéndose el de la vista gorda, pero está comprometido hasta en los tuétanos con este caso que destapo a la luz pública. También sus funcionarios estrellas, Angello Bacci y Katerine Martelo Fernández (quienes se dan el lujo de disfrutar un estándar de vida que está por fuera de sus ingresos probados, los cuales investigaré próximamente con pruebas y todo). De igual manera los secretarios de Planeación del municipio de El Carmen que certificaron a favor de Serviaseo, Ortega Pérez y Gianni Sierra.
Los funcionarios implicados en estas posibles irregularidades, podrían ser objetos de sendos procesos de la Procuraduría General de la Nación y de la Fiscalía General de la República. La Procuraduría provincial podría iniciar un proceso disciplinario en forma inmediata. ¿Pueden corregir estos errores? Desde luego que sí, porque el interés general prima sobre el interés particular. Los derechos colectivos a un medio ambiente sano deben ser defendidos por el Ministerio Público y las mismas comunidades.