Reos en Colombia podrían salir a trabajar de día y regresar en la noche, una propuesta del MinJusticia ¿»Hotel para presos» o humanización?

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Alianza La Otra Cara – Mercosur.
Este proyecto de ley propone que los privados de libertad que cumplan con ciertas condiciones, puedan hacer vida durante el día y regresar en las noches a los centros de reclusión.

El nuevo proyecto de reforma del Código Penal en Colombia tiene entre sus artículos uno que ha generado controversia, ya que propone que los privados de libertad salgan a trabajar a la calle y regresen a la cárcel en la noche.

En las redes circula el borrador de esta propuesta que aún no ha sido introducida al Congreso, pero sobre la cual se han pronunciado tanto el ministro de Justicia, Néstor Osuna, como varios de sus detractores políticos.

El proyecto de ley busca “humanizar la política criminal y penitenciaria para contribuir a la superación del estado de cosas inconstitucional”. Con ese objetivo, se plantean modificaciones a los códigos Penal, de Procedimiento Penal y Penitenciario y Carcelario, entre otras leyes conexas.

Y es que en Colombia, según datos del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec), hay 20 % de hacinamiento en las cárceles del país, por lo que el propio Presidente Gustavo Petro se han referido en varias ocasiones en propuestas para descongestionar los penales.

Entre los 87 artículos de este nuevo instrumento legal, impulsado por la cartera de Justicia, varios de ellos han centrado la atención de los medios y de las figuras políticas relacionadas con el derecho penal y el Parlamento. Se trata de los parágrafos en los que se promueve el trabajo y estudio externo de los reos, bajo ciertas condiciones.

¿De qué se trata?

Según el borrador difundido, al condenado se le podrá conceder la “libertad preparatoria”, –otorgada a quienes han cumplido una parte de la pena y pudieran ser excarcelados por buena conducta o rehabilitación–, para que realicen actividades comunitarias de reparación, trabajo en fábricas, empresas o con personas naturales.

Para ello, deben cumplir tres requisitos: que se les haya negado la prisión domiciliaria; estar clasificados en “fase externa de preparación para la libertad” o haber cumplido, por lo menos, las tres quintas partes de la pena.

Esta propuesta también abarca los estudios técnicos, profesionales o de posgrado en universidades u otras instituciones educativas.

Los presos en la cárcel del Palacio de Justicia, en Medellín, Antioquia, Colombia, el 17 de mayo de 2013 Raúl Arboleda / AFP

Estas actividades laborales y estudiantiles solo podrán realizarse de día, por lo que el privado de libertad debe regresar al centro de reclusión para dormir allí.

Del mismo modo, quienes obtengan este beneficio podrán seguir contando con el permiso de fin de semana, para que compartan con sus familiares y entorno.

¿Quiénes pueden obtener la “libertad preparatoria”?

Para evaluar a los beneficiarios de esta medida, el Consejo de Disciplina se encargaría de cerciorarse de la buena conducta de los seleccionados en un lapso determinado, además “de su consagración al trabajo, al estudio y su claro mejoramiento y del proceso de su readaptación social”.

La autorización sería aprobada por el mencionado Consejo, que se la haría llegar al director del establecimiento penitenciario para que la haga cumplir. A su vez, este último deberá ejercer un “control permanente sobre los condenados” y emitir un informe quincenal al respecto.

En el caso de los reincidentes o condenados por crímenes de guerra, delitos de lesa humanidad, genocidio, delitos contra las personas y bienes protegidos por el Derecho Internacional Humanitario, graves violaciones de derechos humanos o delitos dolosos contra la Administración Pública, la “libertad preparatoria” solo se otorgará cuando hayan cumplido las cinco séptimas partes de la condena y recibido el “concepto favorable del Consejo de Tratamiento y Atención Social Penitenciario”.

Lo que ha dicho el ministro de Justicia

En una entrevista de Caracol, el titular de Justicia afirmó que con esta propuesta se busca garantizar que quienes han cometido delitos no vuelvan a hacerlo. Por ello, se plantea que “a lo largo de la condena la persona vaya adquiriendo de nuevos hábitos de trabajo y contacto con su familia y su núcleo social”.

Aseveró que para que se cristalice este proyecto de ley, se necesitan condiciones de seguridad en el desplazamiento de un lugar a otro, y la garantía de que el empleo se haya gestionado previamente para que el recluso conozca el oficio que va a llevar a cabo.

Osuna reconoció que no se quiere “causar peligros de fuga o alarmas a la ciudadanía” y que la idea es que “una persona que haya pasado por el proceso de resocialización, una vez que termine de pagar su pena, siga trabajando”.

“Es un proyecto ambicioso, lo reconozco, y tendremos que empeñar un esfuerzo importante para que comience a funcionar”, expresó.

Las reacciones

Tras estos anuncios, hubo espaldarazos al ministro de Justicia por parte de algunos abogados y expertos en leyes, pero también comentarios de rechazo surgidos de los sectores políticos que adversan al Gobierno de Petro, como ha ocurrido con otras propuestas de ley.

Entre las expresiones de aliento en Twitter se leen trinos en los que se asevera que en el país ya se permite la salida por 72 horas a los reclusos, información no manejan quienes se oponen al proyecto.

 

Mientras que otro jurista recuerda que este beneficio de salida del penal para trabajar, “ya existe en países como España con excelentes resultados”.

 
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La Otra Cara es un portal de periodismo independiente cuyo objetivo es investigar, denunciar e informar de manera equitativa, analítica, con pruebas y en primicia, toda clase de temas ocultos de interés nacional. Dirigida por Sixto Alfredo Pinto.


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