Secretario de Salud de Antioquia habría dilapidado $11 mil millones en dudoso contrato con la Universidad CES

Compártelo:
La Procuraduría investiga al Secretario Carlos Mario Montoya Serna y su Director de Asuntos Legales, Samir Alonso Murillo, por un contrato indebido de asesoría con la CES, realizado con un único oferente y en forma directa.

No paran los escándalos de corrupción en el sector de la salud, los cuales desangran el sistema y afectan la prestación de los servicios a los colombianos. Esta vez el turno es para Antioquia.

Carlos Mario Montoya Serna, Secretario Seccional de Salud y Protección Social de la administración del actual Gobernador de Antioquia, Luis Pérez Gutiérrez,  y Samir Alonso
Murillo Palacios, su director de Asuntos Legales, están involucrados en una presunta celebración indebida de contrato.

El negocio que enreda a Montoya y a Murillo es de más de $11 mil millones correspondientes a recursos públicos e irregularmente fue adjudicado por ellos directamente a un único proponente, es decir a dedo.

Los dos funcionarios son señalados de celebrar con la Universidad CES, de manera directa y violando las normas que rigen la contratación estatal, el contrato No. 4600007919 por valor total de $11.446.716.929 y cuyo objeto es: «Prestar el servicio de asesoría, asistencia técnica y apoyo a la gestión a la Secretaría Seccional de Salud y Protección Social de Antioquía en las acciones planteadas en el plan territorial de salud en el marco del plan decenal de salud pública en el Departamento de Antioquia».

Por lo cual, la Procuraduría General de la Nación abrió investigación disciplinaria contra estos dos personajes mediante el Auto No. IUS E-2018-145112 del 15 de junio
de 2018, previo proceso preventivo del  pasado 4 de abril del año en curso, entre cuyas conclusiones se relacionaron las siguientes: «…puede existir una presunta celebración indebida de contrato, ya que no se comprende la razón por la cual la Secretaria Seccional de Salud y Protección Social de Antioquia, no acogió la recomendación del Comité de Orientación y Seguimiento en Contratación del Departamento de Antioquia – COS, que en reunión efectuada el día 10 de noviembre de 2017, en el Despacho del Subsecretario Jurídico de la Gobernación, indicó que: El estudio previo no hace un análisis de capacidad jurídica del contratista, no se hace un análisis del porqué con la contratación directa no se vulnera el principio de selección objetiva…».

Esta es la Investigación de la Procuraduría contra el Secretario de Salud de Ant.

 

………………………………………………………….

El Ministerio Público considera que este es uno de los casos contractuales en los cuales se
han entregado importantes recursos del presupuesto de la Gobernación de Antioquia a instituciones de Educación Superior sin cumplir con el principio de selección objetiva, considerando que llegado el caso, sea el CES una entidad que puede cumplir con la experiencia e idoneidad requerida, también es cierto que no necesariamente es el único oferente que puede satisfacer las necesidades que correspondan al negocio jurídico en concreto.

Una Circular Conjunta No. 014 del 1 de junio de 2011, suscrita por las entidades de control: Procuraduría General, Contraloría General y Auditoría General, hace alusión a los lineamientos generales para una debida aplicación de la modalidad de contratación directa, presupuestos que al parecer no fueron utilizados para la celebración del contrato No. 4600007919.

Por último, llama la atención que revisado el Certificado de Disponibilidad Presupuestal, junto con la Resolución sin número del 17 de noviembre de 2017, con radicado S2017060110132 «por la cual se justifica la modalidad de una contratación directa con la Universidad CES», suscrito por Carlos Mario Montoya, Secretario Seccional de Salud y Protección Social de Antioquia, se manifiesta que estos tienen la aprobación del Consejo de Gobierno y del Comité de Orientación y Seguimiento en Contratación del Departamento de Antioquia (COS). Sin embargo, este último, en el Acta del 10 de noviembre del 2017,
en el punto 9.9.1. concluyó que no recomendaba el ya mencionado proceso de selección«.

Según el Código Disciplinario Único (Ley 734 de 2002), dicho acto de corrupción se tipifica como falta gravísima. Un delito contra la administración pública, castigado penalmente con prisión de 64 a 216 meses, multa de 66 a 300 salarios mínimos legales mensuales vigentes, e inhabilitación para ejercer sus derechos y funciones públicas de 80 a 216 meses.

Los $11.446.716.929  que Montoya y Murillo pusieron en riesgo son dineros del Estado por los que deben responder.

Recordemos que el año 2016, Montoya Serna fue denunciado en los entes de control por operar un centro de eventos de su propiedad en el Oriente Antioqueño sin tener las respectivas licencias y en el año 2017 por acoso laboral.

Compártelo:
La Otra Cara
La Otra Cara

La Otra Cara es un portal de periodismo independiente cuyo objetivo es investigar, denunciar e informar de manera equitativa, analítica, con pruebas y en primicia, toda clase de temas ocultos de interés nacional. Dirigida por Sixto Alfredo Pinto.


Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *