El Gobierno garantiza el flujo de los recursos públicos para las entidades de salud en la pandemia

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La Superintendencia Nacional de Salud, mediante la Circular 014 del 26 de junio de 2020, impartió las instrucciones para garantizar el flujo de los recursos públicos destinado a las entidades relacionadas con el sector de la salud, en el marco de la emergencia sanitaria por la pandemia del Covid-19.

Las EPS, Entidades Adaptadas al Sistema e IPS públicas, privadas y mixtas, deben tener
a disposición de la Superintendencia Nacional de Salud de manera detallada los soportes de cada uno de los pagos efectuados y los soportes de la relación contractual.

La norma dice que no debe haber restricción para la radicación de las facturas (lo cual sucede frecuentemente) de la entidades prestadoras de salud, para evitar: «Negación a la radicación de facturación de aquellos prestadores con quienes no existen acuerdos de voluntades pero que hayan prestado atención inicial de urgencias o hayan sido autorizados para prestar servicios».

Se pagarán las deudas desde el 2010 al 2020 para mejorar la atención en el sistema de Salud.

Así mismo, la Superintendencia manifiesta que «las entidades deben fortalecer sus sistemas de gestión de riesgos e implementar los controles requeridos, con la finalidad de no incurrir en este tipo de prácticas».

VEA AQUÍ LA CIRCULAR EXTERNA 014 DE 2020.

 

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