Por Eduardo Padilla Hernández
En los últimos años, he dedicado mis esfuerzos académicos y profesionales a comprender y analizar uno de los fenómenos jurídicos más transformadores de nuestro tiempo: la evolución del derecho ambiental colombiano y global. Este trabajo culmina en mi próximo libro, Lecciones de Derecho Ambiental, que pretende ser más que un simple manual; es una invitación a reflexionar sobre la relación entre el derecho, la sociedad y la naturaleza a través de un recorrido que va desde los fundamentos bíblicos de la ecología hasta los desafíos contemporáneos de la clonación y la biotecnología.
Vivimos una paradoja jurídica significativa. Por un lado, Colombia cuenta con una Constitución ecológicamente avanzada, reconocida internacionalmente por su visión progresista en materia ambiental. Por otro, enfrentamos una crisis ecológica que se profundiza: la deforestación no cede, los ríos siguen contaminándose y los conflictos socioambientales se multiplican. ¿Cómo explicar esta contradicción? Desde mi perspectiva, la respuesta radica en que nuestro marco jurídico-institucional aún no ha internalizado completamente las exigencias del derecho ambiental contemporáneo.
En Lecciones de Derecho Ambiental, sostengo que esta rama del derecho ha dejado de ser un apéndice del ordenamiento jurídico para convertirse en un eje transversal que redefine los límites y alcances de todos los derechos. El libro aborda esta evolución desde una perspectiva única y comprehensiva, explorando cómo las diferentes tradiciones culturales y religiosas -incluyendo el pensamiento ecológico en la Biblia- han configurado nuestra relación con el medio ambiente, hasta llegar a los complejos dilemas ético-jurídicos que plantean los avances tecnológicos como la clonación y la ingeniería genética.
Los casos más emblemáticos que analizo —desde el reconocimiento del Río Atrato como sujeto de derechos hasta la protección de páramos y la implementación del Acuerdo de Escazú— demuestran que los jueces y las comunidades están impulsando una transformación jurídica profunda. Pero esta evolución debe entenderse dentro de un contexto más amplio que incluye desde las raíces históricas de nuestra concepción de la naturaleza hasta las fronteras tecnológicas que redefinen lo que significa «ser natural».
Sin embargo, esta evolución enfrenta resistencias estructurales. Nuestra legislación secundaria, aunque valiosa en muchos aspectos, no siempre está a la altura de los desafíos actuales. La Ley 99 de 1993, pionera en su momento, hoy requiere actualizarse para enfrentar problemas como el cambio climático, la pérdida de biodiversidad y las demandas de justicia ambiental, especialmente ante los nuevos desafíos que plantean la biotecnología y la ingeniería genética.
Uno de los aspectos centrales del libro es lo que denomino «la brecha entre el derecho formal y el derecho vivo». Mientras la Corte Constitucional emite fallos vanguardistas que protegen ecosistemas estratégicos, el Estado carece de capacidad institucional para implementar estas decisiones de manera efectiva, particularmente en áreas donde la tecnología avanza más rápido que la regulación.
Pero no todo es crítico. En Lecciones de Derecho Ambiental también identifico caminos concretos para fortalecer nuestra gobernanza ambiental, considerando tanto las enseñanzas del pasado como los desafíos del futuro. Entre ellos:
1. El fortalecimiento de la democracia ambiental a través de la efectiva implementación del Acuerdo de Escazú.
2. La modernización del Sistema Nacional Ambiental para dotarlo de mayores capacidades técnicas y operativas, incluyendo expertise en biotecnología.
3. El desarrollo de una justicia ambiental especializada y accesible que comprenda tanto los saberes tradicionales como los avances tecnológicos.
4. La construcción de un marco ético-jurídico para regular las nuevas tecnologías que afectan el medio ambiente, desde la clonación hasta la geoingeniería.
Este libro es, en esencia, una contribución al debate necesario. A los jueces, para que continúen protegiendo los derechos ambientales con rigor y sensibilidad; a los legisladores, para que actualicen nuestro marco normativo; a las universidades, para que formen juristas con conciencia ecológica; y a la ciudadanía, para que conozca y exija sus derechos ambientales.
La Tierra tiene derechos. Nuestro ordenamiento jurídico así lo reconoce cada vez con mayor claridad. Ahora nos toca construir las instituciones y las prácticas que hagan efectivos estos derechos, reconciliando la sabiduría ancestral con la innovación tecnológica, en un diálogo permanente entre el pasado y el futuro. El mañana de nuestro país depende de que asumamos este desafío con determinación y sabiduría.
En el libro lecciones del derecho ambiental analizó desde la ecología en los libros sagrados, pasando sobre la transgenética y la clonación como afecta el medio ambiente.










