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Veeduría Ciudadana denuncia presuntas irregularidades en proceso de contatación de Coljuegos

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La Veeduría Ciudadana, bajo la dirección de Isaac Padilla, denuncia posibles irregularidades encel proceso de contratación en la entidad Coljuegos, relacionado con la Invitación Pública No. 007 de 2025, cuyo objeto es la interventoría integral al Contrato de Concesión No. 2157 de 2025 – SUPER ASTRO.

 Coljuegos es la Empresa Industrial y Comercial del Estado Administradora del Monopolio Rentístico de los Juegos de Suerte y Azar en Colombia.

Veamos la denuncia textual:

«VEEDURÍA CIUDADANA
Bogotá, D.C., 22 de mayo de 2025

Ref.: Manifestación formal de incumplimientos en la publicación de observaciones y respuestas en el proceso contractual INVITACIÓN PÚBLICA No. 007 DE 2025 – Interventoría Contrato de Concesión No. 2157 de 2025.

Señores
COLJUEGOS
Vicepresidencia de Operaciones
Ciudad

La Veeduría Ciudadana  en ejercicio de las facultades otorgadas por la Ley 850 de 2003 y en atención a los principios constitucionales de publicidad, transparencia y participación ciudadana, se permite manifestar su preocupación por la serie de irregularidades detectadas en el desarrollo del proceso contractual relacionado con la Invitación Pública No. 007 de 2025, cuyo objeto es la interventoría integral al Contrato de Concesión No. 2157 de 2025 – SUPER ASTRO.

  1. Incumplimiento en la publicación de las respuestas a observaciones (cronograma oficial):
    Según el cronograma establecido en los Términos de Referencia definitivos publicados por COLJUEGOS, la fecha para publicar las respuestas a las observaciones al informe de evaluación fue el día 16 de mayo de 2025. Sin embargo, esta veeduría ha verificado que dichas respuestas no se han hecho públicas en su totalidad ni en el SECOP II ni en medios oficiales, constituyendo un incumplimiento del principio de publicidad y generando opacidad en una etapa crítica del proceso.
  2. Publicación incompleta y fragmentada de las observaciones de los proponentes:
    Se resalta que la entidad únicamente ha publicado un documento en Excel que fragmenta las observaciones realizadas por los oferentes, omitiendo partes esenciales del contexto o del fundamento jurídico de las mismas. Esto no permite conocer el contenido íntegro de las observaciones ni evaluar adecuadamente la respuesta institucional, afectando el principio de contradicción y el derecho de defensa de los oferentes.
  3. Presunto trato preferente a un proponente:
    Según la Adenda No. 2 publicada por COLJUEGOS el 20 de mayo de 2025, después de haber emitido el informe definitivo de evaluación (19 de mayo), “…se recibió y analizó una observación del proponente INTERVENTORÍA COLJUEGOS ITECOPLAN 2025, lo cual derivó en una modificación del cronograma mediante dicha adenda”. Esta situación demuestra que no se evidencia un trato igualitario ya que no son las únicas observaciones comunicaciones contra argumentado el informe de evaluación, ya que no se evidencia en el SECOP 2 la publicación de los demás oferentes ni una apreciación de la entidad que va analizar lo que los demás oferentes están planteando, dada la magnitud y complejidad del contrato.
  4. Inobservancia de la Ley 80 de 1993 y el Estatuto General de Contratación Pública:
    Independientemente de que COLJUEGOS esté bajo un régimen especial, ninguna entidad puede estar por encima de la Ley, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley 80 de 1993, es obligatorio garantizar la publicidad de todas las actuaciones contractuales. El tratamiento observado en este proceso vulnera principios legales y constitucionales básicos. Se debe tener en cuenta lo dispuesto por Colombia compra eficiente con respecto al capital de trabajo ya que es mandatorio y de obligatorio cumplimiento».
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La Otra Cara es un portal de periodismo independiente cuyo objetivo es investigar, denunciar e informar de manera equitativa, analítica, con pruebas y en primicia, toda clase de temas ocultos de interés nacional. Dirigida por Sixto Alfredo Pinto.


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