Por Rafael Rodríguez-Jaraba
Nunca antes como ahora, los colombianos se habían interesado tanto en la Constitución Nacional, ni advertido, lo consignado en ella, como tampoco, se habían percatado de la importancia del ordenamiento legal, del Derecho y de las Ciencias Jurídicas, todo, como resultado de la seria amenaza que se cierne sobre el Estado Democrático de Derecho y su Régimen Republicano.
Los ciudadanos que, en su mayoría, no han leído la Carta, ahora advierten su importancia superlativa y, afanosamente, buscan en ella preceptos que le pongan freno y remedio a los abusos, despropósitos y desvaríos en que ha incurrido y sigue incurriendo el remedo de gobierno que la nación padece.
Coincide, con esta amenaza promovida por Petro y su horda de cómplices en el Gobierno y el Congreso, la conmemoración de 33 años de haber sido promulgada la actual Constitución, como resultado de la Asamblea Nacional Constituyente del año 1991, conformada por 74 constituyentes, y en la que no participó Petro, como, sin asomo de pudor, lo asevera.
Si bien la Constitución del 92 no es perfecta, ni completa, y tampoco, interpreta el querer y la voluntad de todos los sectores de la sociedad, sí recoge los principios, valores y convicciones que inspira y comparte la gran mayoría de los colombianos, y, algunas de sus disposiciones, conforman un ideario de anhelos, propósitos y realizaciones aún pendientes de vivificar.
La Ley de Leyes del 92, es un estatuto adelantado y visionario con profundo sentido social, pluralista, ambiental y libertario, celoso y garante de los derechos fundamentales, del acceso a la justicia, y del ejercicio de la libertad de conciencia, pensamiento, expresión, educación, profesión, credo, iniciativa y asociación, así como del uso, goce y libre disposición de la propiedad privada como función social.
Su vocación por la integración regional, la economía de mercado, la inserción al comercio mundial, la responsabilidad social empresarial y la sostenibilidad ambiental, la hace prospectiva y vanguardista. No en vano, la comunidad jurídica y académica internacional, la tiene como referente a estudiar.
Es probable que la mayor virtud de la Carta Magna, es la manera clara, directa y sencilla como está redactada, lo que facilita su comprensión y el análisis de la aplicación y alcance de sus preceptos, entre los que tiene notoria y notable importancia, la Acción de Tutela, como instrumento célere y eficaz, aunque residual, para garantizar el pleno ejercicio de los derechos fundamentales, acción de la que no se ha hecho buen uso, al utilizarse para abusar de derechos, burlar o postergar el cumplimiento de obligaciones, e inclusive, para dilatar y entorpecer la misma administración de justicia.
Si bien son muchos los silencios, vacíos y lagunas que exhibe el texto de la Constitución, en su conjunto, es un estatuto sólido y concatenado que vela por la vigencia del Estado Social y Democrático de Derecho, y del sistema republicano, el que dimana de la separación del poder público en tres ramas, y que responde a la teoría clásica del Padre de la Democracia, el barón de Montesquieu.
Ahora bien, si algo debilita la Constitución del 92, es la manera como en ella está reglada la elección de Magistrados de las Altas Cortes, así como de Procurador, Contralor, Fiscal, Registrador y otros altos funcionarios, en la que, con frecuencia, el interés político o ideológico se antepone a la integridad, formación, preparación, capacidad y experiencia de los elegidos.
Otra debilidad de la Carta Magna, es la ausencia de mayores exigencias éticas y académicas para el nombramiento de Senadores, Representantes a la Cámara y altos funcionarios del Gobierno, lo que explica el lamentable desempeño de algunos de ellos por carecer de integridad y competencia, tal y como sucede en la actualidad, en que más vale la ideología que la honorabilidad y los méritos.
Si algo tenemos los colombianos para salvar la democracia, es la Constitución; y más que lo que en ella se predica, que la conducta que observen los magistrados de la Corte Constitucional y de las altas Cortes, sea autónoma, independiente y neutral, en orden a mantener su supremacía y la separación de los poderes, frente a los intentos de burlar la democracia como lo viene haciendo Petro y sus agentes y corifeos, al igual que sus peones en el Congreso.
Nunca antes como ahora, la supremacía de la Constitución había estado tan amenazada, como resultado de las arremetidas de un Gobierno que la desprecia, que aborrece la democracia, que asedia y desobedece a las Altas Cortes, y que hostiga a todo aquel que discrepe de sus entelequias.
Qué nadie olvide que, durante el gobierno de Juan Manuel Santos, la Constitución fue violentada de manera flagrante, y su vulneración se perpetró con el beneplácito de unos magistrados politizados que, infringiendo sus obligaciones de guardianes de su integridad, la hicieron maleable, dúctil y elástica, para que sus preceptos se acomodaran a los despropósitos de un gobernante que, bajo el pretexto de imponer una supuesta paz estable y duradera, y burlando el querer mayoritario de los colombianos, terminó sometiendo el Estado a una banda de narco criminales, premiando el delito y gratificando la villanía.
Ahora, y de nuevo, la nación afronta una amenaza contra el orden constitucional, pero esta vez, por fortuna, contando con el amparo de una Corte Constitucional íntegra, erudita y apolítica, la que de seguro logrará repelerlo, y con ello, probar que la Constitución no es un depósito de normas petrificadas, retóricas e inermes, sino por el contrario, un instrumento supremo, vivo y actuante, que sirve de nutriente y guía de la democracia.
Honor y acato a la Constitución Nacional, y consideración y respeto a la Corte Constitucional.
*Rafael Rodríguez-Jaraba. Abogado Esp. Mg. Consultor Jurídico. Asesor Corporativo. Litigante. Conjuez. Árbitro Nacional e Internacional en Derecho. Profesor de Derecho Constitucional, Comercial y Financiero. Miembro de la Academia Colombiana de Jurisprudencia.