El exmagistrado José Luis Barceló, al fin camino al Banquillo

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Bernardo Henao
Bernardo Henao Jaramillo

La justicia cojea, pero en determinados y cruciales casos, no se dude, llega; aunque a veces, ante tanta impunidad, ha hecho carrera en la gente del común que es tan inexistente la justicia que solamente se espera y se cree en la celestial. Además, quien mal procede mal termina. Así, lo que por venganza quiere hacerle a su enemigo, la regla común es que se le puede devolver, a quien así obra, por duplicado. En este mismo espacio en agosto 7 se recordó como en marzo 9 de 2018, por el entonces magistrado de la Corte Suprema de Justicia José Luis Barceló, en su condición de ponente, se impartió la orden de interceptación del teléfono del representante Nilton Córdoba Manyoma, que en un hecho sin precedentes, por completo abusivo, llevó a interceptar ilegalmente el teléfono del entonces senador ÁLVARO URIBE VÉLEZ, y pese a ser advertidos de la equivocación, persistieron en seguir escuchándole furtivamente.

Luego, para hacer más gravosa la situación del encartado expresidente, se dispuso que esas miles de horas de grabaciones formaran parte del proceso 52.240 por los delitos de fraude procesal y soborno por el presunto intento de manipulación al testigo y procesado Juan Guillermo Monsalve, todo lo cual a la postre y ante tamaña e injustificada persecución en su contra no le dejó opción distinta que verse  obligado a renunciar a su curul de senador, la que se recuerda fue la de mayor votación en las pasadas elecciones del Congreso de la República, ello, con la única finalidad de  tratar de tener un proceso justo, regido por la ley 906 de 2004, ya que su Juez natural como era la Corte Suprema de Justicia por razón del fuero, no le daba, según lo expresara, garantías de tratarle en  forma  transparente e imparcial, lo que se corroboró al demostrarse que sus conversaciones con su abogado Jaime Lombana también fueron escuchadas ilícitamente, y ahora con que el ponente de la decisión de interceptación está incurso en el presunto delito de prevaricato por acción.

En su momento se tuvo conocimiento de la existencia de varias denuncias por ese proceder abusivo e ilegal, todas vigentes, entre ellas una que el propio afectado formuló contra el exmagistrado de marras, a quien la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes, en una de ellas que le correspondiera por reparto al representante Edward Rodríguez, acaba de disponer, con sobrado acierto, sin concretar aún la fecha para la realización de la diligencia, escucharle  en versión libre, lo que ocurrirá ya en el nuevo año que se avecina y darle aplicabilidad a este medio de defensa por excelencia.

Pese a la gravedad del hecho, contrario a lo acontecido al propio expresidente a quien se le negó toda posibilidad de haber entregado su versión voluntaria, para en su lugar disponer, de una vez, escucharlo a través de indagatoria para que respondiera sobre los presuntos delitos de fraude procesal y soborno en actuación penal, al señalado José Luis Barceló, en cambio, si le han concedido el derecho que él le negara rotundamente al señor Alvaro Uribe Vélez.  Esos son los tratamientos que en actuaciones judiciales dejan saber un tufillo de discriminación, pues dependen de la persona objeto de investigación, que no de lo que la ley dispone.

Es evidente y obvio que la Sala regentada para la fecha de los hechos por el denunciado José Luis Barceló Camacho, sabía y conocía de sobra la precisa jurisprudencia que la Honorable Corte Constitucional mediante sentencia C-301 de 2012 puntualizó y enfatizó sobre el secreto profesional en la relación cliente abogado. Sentenció la Corte Constitucional “El secreto profesional tiene como fundamentos esenciales la tutela de la privacidad natural de la persona y la protección de la honra, el buen nombre y la buena fama del depositante del secreto: “Se reserva para la privacidad o exclusividad, con un doble fin: primero, para no dejar indefensa a la persona, al despojarla de la introspección necesaria para vivir dignamente, con su privacidad natural. Y segundo, por la honra, buen nombre y buena fama del depositante del secreto, que deben quedar incólumes. Se habla de reserva, lo cual indica que el conocimiento se guarda para algo específico, que debe ser utilizado en la confidencialidad y exclusividad propias del oficio. Se viola el secreto cuando se divulga, no necesariamente cuando se revela ante quienes también deben, jurídicamente hablando, compartir la reserva”.

En fin, el entonces magistrado cuestionado y ahora señalado Barceló actuó, y así se espera se demuestre cuando concluya la investigación, con ánimo retaliatorio, de cierta forma con sevicia en contra del señor expresidente y con puntual y expresa violación a los principios de razonabilidad y proporcionalidad en la obtención de la prueba de las interceptaciones al Dr. Álvaro Uribe Vélez, violando de manera flagrante sus derechos fundamentales al debido proceso y a su intimidad, y en manera alguna, como equivocadamente lo sostuvo la CSJ, deba aceptarse que se trató de un error, no señores se cometió grave delito.

Un año bisiesto, trágico por donde se mire por las consecuencias mortales del virus Covid 19, con una economía en apuros, en esta añorada época decembrina tiene en la decisión de escuchar en versión libre a José Luis Barceló una especie de bálsamo en medio de tanta impunidad rapante de la justicia, en particular de la que se espera les llegue a esos obscuros, dañinos y malévolos personajes integrantes del denominado “Cartel de la Toga”, descredito mundial de nuestra rama judicial.

Pildorita. Para todos los lectores una feliz navidad y un próspero año nuevo que el año bisiesto pronto quede atrás y sea historia, que el futuro nos permita volver a regresar a la normalidad. Que el Niño Dios les colme de salud y bienaventuranzas.

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Bernardo Henao Jaramillo
Bernardo Henao Jaramillo

Abogado e investigador


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