No hubo corrupción en terapias de Córdoba: Contraloría

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  • La Contraloría archivó la investigación fiscal PRF 802332-064-1000 sobre terapias de neurodesarrollo por un valor de $3.626.134.860, según auto 0932 del 1 de noviembre de 2019. 

  • Este era el proceso más escandaloso ante la opinión pública sobre el mal llamado robo por terapias de neurodesarrollo.  La entidad concluyó que los hechos no son constitutivos de detrimento patrimonial.

En su más reciente fallo sobre las investigaciones fiscales adelantadas por el supuesto desfalco de terapias de neurodesarrollo, la Contraloría General de la Nación, ordenó el archivo del proceso de responsabilidad fiscal No. PRF 80233-2064-1000, por valor de $3.626.134.860, en el que aparecían auditadas cuatro IPS del departamento de Córdoba: Funtierra Rehabilitación IPS, Unidad Integral de la Costa I.P.S., Fundación Girasoles I.P.S S.A.S. y Crecer y Sonreír I.P.S.. Además, estaban vinculados el exgobenador Alejandro Lyons Muskus, el Secretario de Salud departamental, Edwin Preciado Lorduy, y como tercero civilmente responsable, la agencia de seguros La Previsora S. A.

La decisión de la Contraloría no ha sido dada a conocer al público y mucho menos a los medios de comunicación tradicionales de Colombia, que hicieron en su momento un amplio despliegue del tema, como uno de los supuestos grandes casos de corrupción del país.

En su momento los auditores de la Contraloría departamental colegiada de Córdoba, desconocieron la resolución No. 005521 de 27 de diciembre del 2013, por medio de la cual el Ministerio de Salud definió, aclaró y actualizó integralmente el Plan Obligatorio de Salud (POS), en el cual las terapias basadas en neurodesarrollo/neurorehabilitacion no se encuentran incluidas dentro del anexo 2 del “Listado de Procedimientos del Plan Obligatorio de Salud”que relacionamos a continuación:

En este caso, en el auto de apertura del proceso, los auditores erróneamente determinaron el daño fiscal como la pérdida de recursos pagados por la Secretaría de Desarrollo de Salud de Córdoba, por terapias de neurodesarrollo ordenadas por acciones de tutela que se encontraban incluidas en el POS, y por la omisión de dicha entidad territorial en recobrar la tecnología diferencial pero resulta que las IPS Funtierra Rehabilitación IPS,
Unidad Integral de Terapias de la Costa IPS SAS, Crecer y Sonreir IPS y Girasoles IPS, prestaron terapias basadas en neurodesarrollo/neurorrehabilitación, autorizadas por la Secretaría de Desarrollo de Salud de Córdoba en cumplimiento de órdenes de tutela, cuya prestación había sido negada por las EPS del régimen contributivo, por tratarse de servicios excluidos del POS.

Es decir fueron terapias No POS que debían ser pagadas por el ente territorial, en este caso, la Gobernación de Córdoba a través de la Secretaría de Salud Departamental.

La Contraloría aclara que las terapias de “neurodesarrollo/neurorrehabilitación, no estaban incluidas en el POS y no podían ser sustituidas por las terapias tradicionales… En esa medida, todos los servicios incluidos en el POS estaban a cargo de las EPS, que estaban obligadas a prestarlos a todos sus afiliados con cargo a los recursos de la UPC, mientras que los servicios NO POS para la población del régimen subsidiado, estaban a cargo de las entidades territoriales, en este caso la Secretaría de Desarrollo de la Salud de Córdoba“.

«LOS CONTRALORES DE CÓRDOBA SE EQUIVOCARON»

Con el fallo de la oficina central de la Contraloría General de la Nación, se demuestra que los auditores de la Gerencia departamental de la Contraloría de Córdoba, se equivocaron o incurrieron en falsedades al señalar hallazgos fiscales por estas terapias, afortunadamente el Contralor Carlos Felipe Córdoba Larrarte, ya cuenta con los recursos y facultades de ley para ampliar la planta de personal con el fin de que pueda contratar profesionales idóneos en salud que tanta falta le hicieron a la Contraloría en Córdoba en el presente caso.

El veedor Eduardo Padilla Hernández, le manifestó a los portales digitales laotracara.co y cafenoticias.tk que, debido a estas falsedades, denunció desde el año 2016 a los funcionarios de la Contraloría de Córdoba, que realizaron la auditoría a los recursos de la salud del Sistema General de Participación de la vigencia fiscal 2015, cuando fungía como gobernador Alejandro Lyons Muskus.

El jurista también anunció ampliación y más denuncias con base en este fallo al presentarse hechos nuevos que deben ser investigados y sancionados porque se le ha causado un grave perjuicio a varias IPS de Córdoba, en especial a Funtierra Rehabilitación que ha sido la más perseguida e injustamente sometida al escarnio público.

De acuerdo con Padilla Hernández, la auditoría de la Contraloría de Córdoba, resultó ser «un falso positivo y show mediático de ciertos funcionarios de control y un sector de la prensa amarillista con el contubernio de políticos corruptos de Córdoba para tratar de desprestigiar a Funtierra Ips pero no lo lograron».

«Sólo han ocasionado con su conducta agravar la situación de salud y discapacidad de más de 300 niños que hoy por este escándalo y errores de los funcionarios de Córdoba se encuentran sin atención en salud desde hace más de cuatro años», ratificó Padilla.

Como se recordará a raíz de los presuntos “hallazgos”, que hoy quedaron desvirtuados con el archivo del proceso, la Gobernación de Córdoba, en forma unilateral y sin que mediara prohibición de los órganos de control y judiciales, dejó de expedir las órdenes para las terapias de los niños con discapacidad.  Por esta situación, Padilla Hernández también anunció que hay una grave responsabilidad de los exgobernadores Edwin Besaile y Sandra Devia, que en todo sus periodos no hicieron sino burlarse de los niños con discapacidad de Córdoba, porque argumentaban que los tratamientos les correpondían a las EPS a pesar de los fallos de tutela, lo que constituyen posibles hechos delictivos de Prevaricato por Omisión.

Con la decisión de la Contraloría también queda sin piso la decisión del magistrado de la Corte Constitucional, Luis Guillermo Guerrero Pérez, quien en fallo del 20 de noviembre de 2019,  violando el precedente judicial de la misma Corte y sustentado en los hallazgos de la CGR, ordenó investigar a varias IPS por presuntos recobros y porque las terapias, supuestamente, debían ser asumidas por las EPS, al tratarse de tratamientos incluidos en el Plan Obligatorio Salud cuando ya quedó demostrado que ello no es así.

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