Alvaro Uribe

Ocurrió, Uribe de Acusador a Acusado

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Bernardo Henao
Bernardo Henao Jaramillo

Al instaurar una denuncia, quien lo hace pregunta siempre qué puede ocurrir si no prospera la actuación, por supuesto, la respuesta siempre nos dirigirá al Código Penal, el cual reza que quien sepa de la ocurrencia de un delito, tiene la obligación de denunciarlo, advirtiendo que de concurrir ante la justicia con temeridad o mentira, se expondrá eventualmente a ser señalado de cometer el delito de falsa denuncia.

Atendiendo ese precepto, el señor expresidente de la República, Alvaro Uribe Vélez, con pruebas más que suficientes, cumpliendo su deber de denuncia y apoyado argumentativamente por los más destacados penalistas del país, concurrió el pasado 23 de febrero de 2012 a instaurar denuncia penal en contra del senador Iván Cepeda, habida cuenta que este ha visitado establecimientos penitenciarios en Colombia y en el exterior, en procura de conseguir  testigos en su contra que en lo regular, o son integrantes de paramilitares, o de grupos de autodefensas.

Posterior al inicio de las indagaciones, en una controvertible decisión de la Corte Suprema de Justicia de fecha 16 de febrero de 2018, se decidió el archivo de las diligencias, y como consecuencia de ello, se dispuso no abrir proceso al mentado Senador de izquierda.

Cuando no se comprendía el alcance de esa decisión, nadie imaginó que el denunciante pasó de acusador, a acusado, por cuenta de una compulsa de copias realizada por los integrantes de una de las salas de la Corte, conformada por los magistrados José Luis Barceló, para entonces presidente de la Corporación, Luis Antonio Hernández, presidente de la Sala Penal, y Fernando Castro. Según la providencia, frente a la compulsa se expresa que “quienes intentaron manipular a los testigos fueron Uribe y sus allegados”, y entre ellos se menciona a un ganadero de Antioquia, de nombre Juan Guillermo Villegas, cercano a la familia Uribe Vélez.

Pasar de ser denunciante a ser indagado por la Corte Suprema de Justicia, bajo los presupuestos de la ley 600 de 2000, antiguo Código de Procedimiento Penal, y no por falsa denuncia, sino por los mismos hechos por los que en su momento señaló al senador Cepeda (manipulación de testigos), resulta  francamente disparatado, por no decir absurdo; sin embargo ocurrió, y como consecuencia de ello, el próximo ocho de octubre el señor expresidente debe concurrir a atender el llamado de la justicia, tal y como siempre lo ha hecho y sin ser esta la excepción, empero, llama la atención el prolongado término que ha utilizado el alto Tribunal únicamente para fijar la fecha de la diligencia, y aún más, que esta sea tan cercana a la jornada electoral del  próximo 27 de octubre.

Por filtración de información, que no tiene origen en el expresidente sino en otras fuentes, que ojalá se investigasen, a hoy son de público conocimiento algunos apartes del expediente, los cuales, posterior a ser analizados, arrojan varios interrogantes ¿por qué no se atendió el llamado del señor expresidente para ser escuchado en versión libre, tal y como lo permite ese antiguo Código? ¿Cuál era el afán de conculcarle de entrada su derecho a entregar la versión? Su propia investidura de expresidente de la República imponía ese trato, y no lo obtuvo, haciéndose evidente el trato discriminatorio frente al doctor AUV.

A pesar de lo anterior, lo que resulta realmente inadmisible es la equivocada orden de interceptación del celular del expresidente, cuando la orden judicial impartida lo  era para interceptar  el celular  del ex representante a la Cámara Nilton Córdoba, vinculado en la investigación del llamado ‘cartel de la toga’, lo cual significó que por largo tiempo y sin mediar orden judicial, la propia Corte Suprema de Justicia chuzó al expresidente, y lo que es peor, aun cuando esas conversaciones equivocadamente obtenidas que carecen de validez, el propio investigador les da esa apariencia de licitud, que deja un sinsabor sospechoso de ausencia de imparcialidad.

Ahora bien, si en la investigación que se adelanta, o fase instructiva, solo se deben decretar testimonios que guarden relación con los hechos materia de investigación, es decir, que solo se refieran a lo que les conste sobre la supuesta manipulación de testigos, conforme la información filtrada resulta por completo improcedente que se vayan a escuchar en este proceso las declaraciones del exmagistrado Iván Velásquez, acérrimo perseguidor del expresidente, del ex vicefiscal Jorge Perdomo, y ni hablar de Eduardo Montealegre, exfiscal General de la Nación, que poco o nada tienen que ver con los hechos objeto de debate, aun así, el exmagistrado está citado para el próximo 4 de los corrientes para declarar en contra de Uribe, por su presunta participación en la manipulación y presión de testigos. 

Una Corte Suprema de Justicia que en medio de esta actuación se vio involucrada  y cuestionada en varios escándalos, como el que otrora dejó saber el nunca zar de la lucha corrupción, Luis Gustavo Moreno Rivera, denominado “Cartel de la Toga”, donde se hizo público que, a cambio de altas sumas de dinero, los magistrados se ocupaban de adoptar decisiones que favorecieran a los encartados, o el famoso caso de la “yidispolitica” en el que se supo de grabaciones en las que se escuchó decir a los magistrados de entonces que “debe haber un consenso en torno a las decisiones sin salvamentos de voto y por conveniencia política”, no  brindan la tranquilidad que, se supone, debe surgir del máximo órgano de cierre, y por supuesto no da garantías sobre su verdadera imparcialidad.

Resultaría bastante extenso para los fines de este artículo ocuparse de todas las inconsistencias que se han presentado a lo largo de este espinoso proceso que, por demás, ha dejado un amargo sabor en la ciudadanía en general, que impulsa a cuestionarse acerca de las futuras posturas de la Corte frente al respeto al debido proceso y los derechos fundamentales en general, toda vez que las posturas adoptadas frente al expresidente, alejadas de criterios establecidos con anterioridad, pueden marcar un precedente frente a la evaluación de dichas garantías.

Ojalá el señor expresidente evaluara que concurrir ante una Corte que se ha visto involucrada en los más grandes escándalos de este país, que tiene una afinidad con aquella ideología que pregona el senador Cepeda, otrora época representada por Jaime Pardo Leal, no es prenda de garantía; que mejor resultaría optar por renunciar a su curul de Senador de la República, lo cual lo llevaría automáticamente a perder el fuero, y de contera, la competencia de la Corte Suprema para seguir investigándolo.

Bogotá, Octubre de 2019

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Bernardo Henao Jaramillo
Bernardo Henao Jaramillo

Abogado e investigador


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