Zuluaga comentó el caso en una charla con el diario El Tiempo, media al cual le ratificó que su concepto para el Alto Tribunal fue técnico y no se refirieron sobre la legalidad o constitucionalidad del decreto emitido por el Gobierno.
El Vicecontralor General de la República, Carlos Mario Zuluaga, le confirmó a el diario El Tiempo que el pasado miércoles 21 de enero la Contraloría remitió a la Corte Constitucional un concepto técnico solicitado sobre el decreto de emergencia económica expedido por el Gobierno en diciembre de 2025, el cual se debate en ese Alto Tribunal para determinar su constitucionalidad.
Zuluaga fue claro en indicar que el documento no se pronuncia sobre la legalidad o constitucionalidad del citado acto, sino que expone la crisis de caja del Gobierno Nacional y los posibles caminos para mejorar el recaudo.
«El informe hace una valoración sobre el estado de las competencias que tenía el Gobierno para determinar las condiciones y la forma en la que define qué tipo de ingresos se quieren —o se deben— recaudar para suplir las deficiencias que sigue teniendo el presupuesto», le informó Zuluaga a El Tiempo.
El Vicecontralor siempre señaló que la valoración de este decreto es competencia del Alto Tribunal.
«Todo el país está a la espera de que la Corte se pronuncie y adopte una decisión en los tiempos que estime convenientes y que la ley establece», ratificó Zuluaga.
El funcionario agregó: «En términos prácticos, lo que decimos es que sí había una deficiencia de recursos y una situación de caja compleja que hacía necesario aumentar el recaudo. Esos elementos están mencionados en el decreto expedido por el Gobierno, pero no nos referimos a la legalidad o ilegalidad de la emergencia, porque esa —como he insistido— es una responsabilidad que le atañe exclusivamente a la Corte».
Recordemos que la Corte Constitucional definirá en su análisis, es si la crisis fiscal que llevó a expedir impuestos con fuerza de ley sin pasar por el Congreso de la República cumple el requisito constitucional, especialmente si esas razones sirven para acudir al estado de excepción y si corresponden a hechos sobrevinientes.










