Senador Edgar Palacios le pide a la Comisión de Acusación que asuma por competencia el caso de Uribe

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El Senador de Colombia Justa Libres, Edgar Palacios Mizrahi, le pidió mediante una carta a la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes que  asuma por competencia el proceso penal No. 52.240, que lleva la Corte Suprema de Justicia en cabeza del Magistrado César Augusto Reyes Medina, contra el expresidente de Colombia Álvaro Uribe Vélez.

La carta está firmada el pasado 24 de agosto de 2020 y está dirigida al congresista Ángelo Villamil, Secretario de dicha Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara, quien deberá darle el trámite correspondiente por ley. También tiene copia al magistrado del caso César Reyes.

Palacios aclara en su comunicado que la Constitución Política de Colombia, en el numeral 3 del artículo 178, así como los artículos 312 y  329 de la Ley 5 de 1992, establecen que la competencia para conocer los procesos en contra de aforados constitucionales, incluyendo entre ellos, al Presidente de la República, la tiene la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara.

Senador Edgar Palacio

El congresista, que es miembro de la Comisión de Derechos Humanos del Senado de la República, cita textualmente la norma en la Constitución:

“ARTICULO 178. La Cámara de Representantes tendrá las siguientes atribuciones especiales: (…) 3. Acusar ante el Senado, cuando hubiere causas constitucionales, al Presidente de la República o a quien haga sus veces, a los magistrados de la Corte Constitucional, a los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, a los miembros del Consejo Superior de la Judicatura, a los magistrados del Consejo de Estado y al Fiscal General de la Nación”.

Además, invoca los artículos 312, numeral 4 y 329 de la Ley 5 de 1992, que también se refieren a la competencia que tiene la Comisión de Investigación de la Cámara para conocer las investigaciones que se adelanten en contra del Presidente de la República y demás aforados, por conductas cometidas en el ejercicio de sus funciones.

“ARTÍCULO 312. FUNCIONES. La Comisión de Investigación y Acusación ejercerá las siguientes funciones:

 (…) 4. Preparar proyectos de Acusación que deberá aprobar el pleno de la Cámara, ante el Senado, cuando hubiere causas constitucionales al Presidente de la República o a quien haga sus veces, a los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado, a los Miembros del Consejo Superior de la Judicatura y al Fiscal General de la Nación” .

“ARTÍCULO 329. DENUNCIA CONTRA ALTOS FUNCIONARIOS. La denuncia o la queja que se formule contra el Presidente de la República o quien haga sus veces, el Magistrado de la Corte Constitucional o de la Corte Suprema de Justicia, el miembro del Consejo Superior de la Judicatura, el Magistrado del Consejo de Estado o el Fiscal General de la Nación, por delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones, por indignidad, por mala conducta o por delitos comunes, se presentará por escrito acompañado de las pruebas que tenga el denunciante o de la relación de las pruebas que deban practicarse y que respaldan la denuncia o queja”.

«TODO SE DEBE A LA DESMOVILIZACIÓN PARAMILITAR»

Según Palacios, es obvio que el origen de toda esta actuación penal contra Uribe Vélez se remonta a su época como Presidente de Colombia, cuando llevó a cabo la desmovilización paramilitar, la privación de la libertad y extradición de muchos de sus integrantes, quienes hoy son los testigos cuestionados en uno u otro sentido, dentro del citado proceso No. 52.240 contra el exmandatario.

El parlamentario de Colombia Justa Libres, explica con detalle que la negociación con los paramilitares es la causa de este proceso, lo cual fue una decisión tomada por Álvaro Uribe en ejercicio del cargo de Presidente de la República de Colombia, por lo tanto, la competencia la  tiene Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes para asumir este caso.

Por esas razones, Palacios le solicita a la mencionada Comisión que «asuma la competencia del expediente 52.240 contra Uribe, adelantado por la Sala de Instrucción de la Corte Suprema y tome las determinaciones pertinentes en relación con las actuaciones ya realizadas».

La propuesta del Senador Palacios es similar a la tesis del jurista Germán Calderón España, que publicamos en días pasados en nuestro portal y que pueden ver AQUÍ.

Ahora, se debe esperar el pronunciamiento de la Comisión de Investigación de la Cámara sobre esta carta. En caso de esta célula legislativa le pida el proceso a la Suprema, se plantearía un conflicto de competencias que otras autoridades del país deberían resolver.

Conozca AQUÍ SOLICITUD DE COMPETENCIA DE PALACIOS A LA COMISIÓN DE INVESTIGACIÓN.

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Sixto Alfredo Pinto
Sixto Alfredo Pinto

Director de La Otra Cara. Investigador, Periodista y Escritor.


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