La Red de Veeduría denuncia penalmente al Alcalde de Uribia por Fraude Procesal y obstrucción a la Justicia

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La Red Colombiana de Veedurías denunció penalmente ante la Fiscalía General de la Nación al Alcalde Municipal de Uribia (Guajira), BONIFACIO HENRIQUEZ PALMAR, por por el supuesto delito de FRAUDE PROCESAL y Obstrucción a la Justicia por desconocer una acción de Tutela y hacer todo lo posible para burlar la decisión judicial.

El caso está relacionado con un fallo de Juzgado Segundo Promiscuo Municipal de Maicao, de fecha 21 de enero de 2020, por medio del cual se concedió la tutela a favor de la señora MELBA LUZ CORTEZ BOLAÑOS, ordenando a la Alcaldía Uribia, de “abstenerse de ejercer la facultad a él conferida en el art. 20 de la Ley 1797 del 13 de julio de 2016, y por tanto no proceder a desvincular del cargo de GERENTE de la E.S.E. HOSPITAL NUESTRA SEÑORA DEL PERPETUO SOCORRO» de la citada población guajira.

Sin embargo, según el Presidente de la Red Colombiana de Veedurías, Eduardo Padilla Hernández, el Alcalde Henriquez Palmar, ha utilizado todas las argucias posibles para defraudar o engañar a la justicia y no darle cumplimiento al fallo del Juzgado Segundo de Maicao, a favor de la Señora Cortez Bolaños, quien fue retirada de la gerencia del Hospital Nuestra Señora del Socorro de Uribia por el burgomaestre, a pesar que la decisión judicial se lo se lo impedía.

Eduardo Padilla
Eduardo Padilla, Veedor.

Una de las jugadas que utilizó el hábil Alcalde de Uribia para no cumplir el fallo de tutela de Juzgado Segundo de Maicao, fue interponer otra tutela contra este fallo para lo cual se valió en un Juzgado de Uribia, que sospechosamente notificó su actuación a un correo al cual los interesados no tenían acceso. Lo que es irregular, según las leyes colombianas.

Es más, el Tribunal Superior de la  Guajira en un fallo de segunda instancia ratificó la decisión de tutela de Juzgado Segundo de Maicao, pero el Alcalde Henríquez Palmar no quiere cumplir la decisión. La mencionada tutela hasta fue desechada por la Corte Constitucional, que no la tuvo en cuenta para la revisión.

«El engaño se origina inicialmente con la elaboración de un documento completamente espurio, mendaz, falso, cual fue el contenido de la acción de tutela presentada por el señor BONIFACIO HENRIQUEZ PALMAR, ALCALDE MUNICIPAL DE URIBIA, LA GUAJIRA, contra el Juzgado Segundo Promiscuo Municipal de Maicao, La Guajira, quien aseguró que las decisiones proferidas por ese despacho judicial en la acción de tutela promovida por la señora MELBA LUZ CORTEZ BOLAÑO, fueron dirigidas a un correo electrónico al cual no se tenía acceso, es así que el ardid engañoso fue con el objetivo no sólo que se lograra un fallo a favor, sino que no se cumpliera el fallo proferido el 21 de enero de 2020 por parte del juzgado Accionado».

Así lo dejó claro el Veedor Padilla Hernández en su queja a la Fiscalía, quien está en La Guajira actuando personalmente en los citados Juzgados. El Alcalde Henriquez Palmar solo tiene un opción: Cumplir el fallo de tutela del Juzgado Segundo de Maicao.

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