Tributo Vs Elusión y Evasión

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“En este mundo sólo hay dos cosas seguras: la muerte y pagar impuestos.” Benjamín Franklin.

Por Carlos A. Gomescasseres Vergara.

Consultor Empresarial y Gestor Público

@conferenciascarlosa

Al  inicio, en  aquel tiempo en  que  griegos y  romanos sostenían grandes florecimientos de  la  cultura y  de  la  ciencia  primigenia, cuando la humanidad surgió la necesidad de vivir en comunidad de manera estable y creativa, se crean las primeras leyes faraónicas sobre el  tributo, como consecuencia de las actividades sociales y productivas; por mandato delegado, le fue entregado a los escribas el compromiso para que redactaran aquellas normas que fundamentaban el que los funcionarios regios ejercieran la función recolectora de la Eisphorá, primer nombre conocido para el impuesto de la época. Entre los hechos más célebres de la Biblia está la trampa que le tendieron los fariseos herodianos a Jesucristo, quienes inquirían para, a través de la respuesta, involucrar a los romanos con sus impuestos; preguntándole si era lícito para los judíos pagar el tributo a las autoridades romanas, es cuando Él, sabiamente contesta: ¡Dad al César lo que es del César y a Dios lo que es de Dios! Con esto, profesó que Dios es justo, que reconoce la soberanía sobre los hombres, al devolverle aquello que Él nos dio, y reconoce la buena voluntad del que paga. La imposición directa del tributo, se remonta esencialmente en Europa al siglo XIX, por causa de las guerras expansionistas, y como resultante del gasto bélico. La evolución histórica del sistema impositivo en Colombia, está marcada por la implementación realizada por los españoles; razón por la cual se dio la opresión, que motivo la sublevación de los criollos  en contra del régimen peninsular, desatando la rebelión de los comuneros, protesta que fue argumentada con la consigna aludida de acabar el llamado tributo de los indios; hechos estos que se convirtieron en el rudimento de la independencia de España. En 1821, el Congreso colombiano  instauró para los territorios de su jurisdicción, el impuesto a la renta, que consistía en una tributación anual sobre los ingresos producidos por la tierra, el capital, y un porcentaje sobre los ingresos personales  de salarios gubernamentales.

La economía es un sistema sensible y dinámico, cualquier movimiento por sutil que sea, suele causar cambios estructurales con efectos secundarios que estropean el desarrollo económico de las naciones, la disponibilidad del recurso y desincentivan los componentes del impuesto. No podemos seguir realizando cambios sobre la marcha, cada vez que aparece un déficit fiscal, o grabar aleatoriamente a determinada población con sesgos estratificados por conveniencia socioeconómica; aumentándole inconscientemente la carga impositiva; hay que cortar las cadenas de la historia romana donde se profesaba que se debía poner a pagar más impuestos a la clase media, porque es la que sueña algún día con ser rica. Las reformas fiscales por crisis financieras hay que estructurarlas de fondo, más no de forma, y se solucionan en función de equidad e inteligencia fiscal. No se pueden seguir creando comisiones de expertos para no ser tenidas en cuenta, hay que seguir en la búsqueda de la medida de la tendencia del equilibrio, y valorarla con la creación de un solo comité tributario integrador e integral, que incluya a todos los actores de la economía fiscal, para que en tiempo real, determinen las tendencias, las amenazas de las variables macro y micro económicas de consenso técnico y financiero, acorde a las circunstancias del problema, siempre direccionado este hacia una decisión condicionante que no recaiga intempestivamente sobre un solo funcionario público.

La falta de visión clausuró los principios constitucionales del impuesto, EQUIDAD-EFICIENCIA-PROGRESIVIDAD,  el sistema de recaudo en Colombia es perseguidor y controlador del gasto, siempre en constante búsqueda de información, para deducir la tasa impositiva, pero así como exige, controla, obliga, multa y sanciona, también tiene la obligación de ejercer función retributiva al contribuyente, con la implementación de un sistema acumulador del tributo por consumo personal, y de los excedentes del ejercicio contable a empresas. Los saldos a favor, no pueden seguir sujetos al presupuesto del recaudo, hay que provisionarlos en garantía real y exonerar al contribuyente de la obligación de tener que demostrar un derecho adquirido; en muchos países desarrollados se le envía el cheque a su residencia. Crítica situación de la función pública excesiva en contra del contribuyente de buena fe, cuando en el proceso de reclamación de los excedentes de IVA, es sometido a una revisión capciosa, como castigo del hecho de apelar por lo que le pertenece. El impuesto patrimonial, se paga o se paga sin tener en cuenta la situación financiera de las empresas, no dual en estos momentos de crisis; hay que transcender la cultura tributaria dinámica de auditora a consultora o en su defecto un equilibrio de las dos.

Con el paso del tiempo se ha desencadenado mecanismos de defensa de condición humana, como reacción a una situación de amenaza externa, en acción o actitud no siempre buena a  los ojos del bien, que se genera psicológicamente al enfrentarse a la actividad del pago impositivo, por la no observancia de la retribución del pago;  por lo tanto, tiene una lectura de amenaza, mas no de inversión por bien propio y del bien común; si la lectura del tributo fuera positiva, a lo mejor se eclipsaría la cultura sistemática de la evasión y la elusión. Todo esto ha estimulado el pensamiento y las verbalizaciones colectivas censurables…..Tal contador te pone a pagar poquito, hagámosla así que en caso de que nos cojan la multa es menor, cómpreles a ellos porque no cobran IVA, influenciando factores psicodinámicos a la invocación al delito tributario, en aumento exponencial como el contrabando, el lavado de activos, los depósitos de paraísos fiscales, por la complejidad normativa e inseguridad jurídica que deja vacíos en la regulación, que son aprovechados para el delito. Necesitamos un sistema fiscal más competitivo, donde el premio y el castigo tengan la misma polaridad, que se oriente en función de la productividad país, y se encamine a un sistema más justo de redistribución del tributo, donde se conjugue la premisa de la inversión por inversión, la extensión por reinversión, la compensación de pérdidas igualitaria, impuestos alternativos por uso de la infraestructura pública, base gravable inversamente proporcional al  ingreso  y  demás  variables  socio  económicas  de equilibrio fiscal.

Desde 1990 se creó el premio fiscal, solamente para grandes contribuyentes, pero al día de hoy no se ha aplica, ni se reglamenta, hay que formular un programa de lealtad y honestidad  tributaria que incluya a todos los actores de la población  contribuyente, en constante motivacional, para cambiar la cultura del miedo institucional infundado, y aumentar la autoestima para que se llegue a sentir satisfacción por el tributo, con visión de modelo del autocontrol tributario. Los incentivos actuales tienen la mejor de las intenciones para el comercio, como el día sin IVA, pero hay que porcentualizar para que no se pierda el control y se desencadenen actos en contra del mercado. Prueba de todo lo anterior es que, cíclicamente, cada año y medio, se realiza una reforma fiscal.

La búsqueda de nuevos recursos tributarios en referencia a la canasta familiar, hay que diferenciar el elemento necesario del suntuario, con IVA gradual conexo a la necesidad. Con relación al comercio internacional, se debe pensar en la unificación globalizada de la doble tributación, técnicamente el impuesto a la digitalización y por último, grabar entidades sin ánimo de lucro que se han convertido en la antítesis de la reinversión. A una justicia igualitaria corresponde también una igualitaria aplicación de los impuestos. Thomas Hobbes.

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La Otra Cara es un portal de periodismo independiente cuyo objetivo es investigar, denunciar e informar de manera equitativa, analítica, con pruebas y en primicia, toda clase de temas ocultos de interés nacional. Dirigida por Sixto Alfredo Pinto.


3 comentarios

  1. BUEN ARTICULO A LOS IMPUESTOS EN COLOMBIA LES FALTA MAYOR REGULACION Y RESPONSABILIDAD DE LOS QUE LOS MANEJAN QUE RINDAN CUENTAS Y SEAN ENCARCELADOS EN CASO DE HURTO Y DESPILFARRO FALTA MAS RESPONSABILIDAD SOCIAL PARA QUE SE IMPULSE A LAS PERSONAS DE LA REGION SI EL POBRE SE PRESTA COMO MANDADERO A ROBAR AL MAS POBRE JAMAS VA A TERMINAR ESTE CIRCULO VICIOSO DE MISERIA.

  2. Si. Buen artículo. Tienes mucha razón. Siempre he pensado que esto de los impuestos aquí en Colombia, no está bien sistematizado, ni generalizado, ni coorelacionado. ¡Nos falta mucho!

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