Ordóñez

Inoportuna e inconveniente la decisión del Consejo de Estado sobre el Procurador Ordóñez

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Las coincidencias existen. Un mes lleno de ellas. Llamado a juicio al Magistrado Jorge Pretelt, decisión del Consejo de Estado de anular la inhabilidad  de la señora Piedad Córdoba, destitución del Señor Procurador por parte del Consejo de Estado y otras más. Son decisiones judiciales que en el común de las personas, realmente les impone la obligación de preguntarse ¿se trata de fallos estrictamente judiciales o es una nueva y peligrosa modalidad de impartir justicia  con tintes políticos por la cercanía del plebiscito y por la consolidación del posconflicto futuro?

Cierto es que las decisiones judiciales obligan a respetarse, como en efecto lo manifestó el señor Procurador Alejandro Ordóñez al indicar: “Respeto y acato la decisión del Consejo de Estado, soy un hombre de estado defensor de las instituciones. No comparto la decisión pero la respeto, por tratarse de uno de nuestros máximos tribunales, del cual además fui magistrado”.

Si bien el argumento esgrimido en la sentencia que fuera proyectado por la Magistrada Rocío Araujo fallado favorablemente por 14 votos a favor de la nulidad y 6 votos por la validez de la elección, al decretar aquella, en un crucial momento para el país, se esgrime una argumentación controvertible predicable en que la Constitución Nacional no tiene prevista la reelección del Jefe del Ministerio Público. Igualmente se fundamenta el fallo en que en la escogencia otrora del Procurador por parte del Congreso de la República,  los magistrados de entonces Jorge Mauricio Burgos Ruiz, Javier Zapata y Ruth Marina Díaz, tenían familiares cercanos trabajando en la Procuraduría. Como argumento final que señala la sentencia que la terna que se presentó en pasada oportunidad la candidata María Mercedes López había renunciado a su postulación. A simple vista para discutir y debatir esos nimios argumentos que en su momento la Honorable Corte Suprema de Justicia frente a los impedimentos los desestimó,  no se requerían  cerca de los tres años y nueve meses para decidir restando escasos tres meses para concluir su período.

Datan los inicios del proceso en enero de 2013 cuando un grupo de abogados encabezado por el Dr. Rodrigo Uprimny concurrieron ante el Honorable Consejo de Estado a  demandar la nulidad de la elección. La demora en fallar el proceso, no es como se indican en algunos medios cercanos al Gobierno y otros afines a la comunidad LGTB que obedeció por actuaciones dilatorias de la defensa del Procurador. En gracia de discusión si así se aceptare que pudo tener una pequeña incidencia, la ley los admite y su ejercicio es garantía del debido proceso, pero no se debe desconocer que desde la demanda hasta la decisión reciente, se presentaron dos paros uno de tres meses en el 2014 y un segundo que comenzó en enero de 2016 y finalizó después de 58 días de cese de actividades. Otros factores de demora son los propios de los cambios de magistrados  en las Salas y desde luego el período de vacancia judicial.

Lo que no se comprende y será siempre objeto de puntual crítica es haber proferido la sentencia,  que aún no se ha publicado pues tan solo se conoce el comunicado del Consejo de Estado. Fue aprobada en la sesión de Sala Plena del día miércoles siete de septiembre de 2016 a escasos veinticinco días de la realización del Plebiscito. Los magistrados que perfectamente podían esperar un mes más en emitirla, optaron por decidir,  con o sin presión, pero al hacerlo vísperas de tan trascendental debate plebiscitario, encendieron la mecha de un conflicto que se agudizará  cada vez más entre partidarios del “SI” y del “NO” lo que será motivo de nuevos y graves conflictos en lo que resta de tiempo de la jornada plebiscitaria y en lo que seguirá después en el posconflicto.

Ya en redes sociales la comunidad LGTB convoca  a la celebración de la salida del Procurador. En las afueras del Club El Nogal ante un evento privado promovido por el Grupo Deprisa, se tensan las partes en claro enfrentamiento de sus tesis; los partidarios del NO, en mitin reciente en Unicentro, reciben abucheos y rechiflas como le acaba de acontecer al excandidato Oscar Iván Zuluaga. Quien lo creyera un debate para decidir la aprobación del Acuerdo de la Habana con el que se espera según su título alcanzar la “TERMINACIÓN DEL CONFLICTO Y LA CONSTRUCCIÓN DE UNA PAZ ESTABLE Y DURADERA”,   se convierta ahora en factor de enfrentamientos. Este fallo, visto por los seguidores del “NO” y por los contradictores de la ideología de género, siembra en ellos, una creencia, ya difícil de erradicar en su inconsciente colectivo  que fue una concesión o más bien una exigencia proveniente de la Habana.

Esa creencia se incrementa aún más cuando “Iván Márquez”, al conocer la decisión del Consejo de Estado, trino en su cuenta “No basta depurar una institución arbitraria, corrupta, clientelista y prepotente. Si tenemos Defensoría del Pueblo, para que Procuraduría”.

Ese trino enfatiza más la creencia de la exigencia de la Habana en la destitución del señor Procurador. Su autor, que se dice ser pacificador, en forma irresponsable contribuye a encender más los ánimos. Bien conoce la importancia de la Procuraduría y la necesidad de su desaparición para sus futuros y ocultos fines frente al posconflicto.

La Constitución Nacional  en sus artículos 275 a 280 le confiere al Procurador ser el Supremo director del Ministerio Público; lo elige el senado por períodos de cuatro años, que en el caso de Ordóñez ya estaban por cumplirse;  le contempla funciones especiales, entre las que se destacan “Vigilar el cumplimiento de la Constitución, las leyes, las decisiones judiciales y los actos administrativos” y  “Proteger los derechos humanos y asegurar su efectividad, con el auxilio del Defensor del Pueblo”.

Siempre se tendrá que esta decisión fue inoportuna e inconveniente. La sentencia de nulidad silencia la voz del Señor Procurador, en cruciales momentos que era esencial mantener un sano equilibrio y una vigilancia para impedir excesos. Ya en la víspera del retiro del representante del ministerio público, ante su ocurrencia el hoy saliente Procurador, acusó, al Señor Presidente de la República de “abuso de poder”; fundamentó hacerlo, por autorizarse el Primer Mandatario en la directriz emitida por su propio Despacho, para permitir la utilización de fondos públicos para promover la campaña del “SI” en el plebiscito.

Bernardo Henao habla sobre Alejandro Ordóñez

Por Bernardo Henao Jaramillo

Abogado e investigador

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Bernardo Henao Jaramillo
Bernardo Henao Jaramillo

Abogado e investigador


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