La Pureza del Sufragio

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Rafael Rodríguez-Jaraba*

El derecho a votar, es esencia y cimiento de la democracia, y su ejercicio universal, permite a los ciudadanos elegir de manera libre y secreta a sus representantes, al punto que, no se puede hablar de democracia cuando no existe el derecho al sufragio o este se restringe.

El voto es a la democracia, lo que la libertad es a la vida; vital, capital, inalienable e irreductible, y, si bien la democracia no es perfecta, si es perfectible y hacerla, es decisión de una nación, cuando acoge la educación como eje de su desarrollo y progreso.

Con no poca razón y mediante agudo y provocador sarcasmo Winston Churchill sentenció: “La democracia es el peor de todos los sistemas políticos, con excepción de todos los sistemas políticos restantes”.

Y fue en la añosa Atenas, donde nació y se edificó la democracia, y su punto de partida, fue la creación de la asamblea de ciudadanos, foro en el que discutían y adoptaban las directrices que debía seguir el culto pueblo ateniense en cuanto a su organización, sostenibilidad de las finanzas y mantenimiento del orden público, así como para elegir a los ciudadanos que los representarían y tendrían a su cargo tan honrosas y graves responsabilidades.

Pero en la adelantada Grecia la participación de los ciudadanos no era universal, estaba restringida para quienes no fueran varones adultos, al igual que para las mujeres, los esclavos y los extranjeros.

A su vez, en Roma el derecho al sufragio estaba reservado a los patricios y comunes, quienes solo podían ejercerlo para elegir magistrados para el Senado, pero siempre y cuando pertenecieran a altas y refinadas esferas sociales, culturales y económicas. A las mujeres, los esclavos, los libertos y los parías, no se les permitía votar.

Para desgracia de la humanidad, con la caída del Imperio Romano, la dominación de los bárbaros y la posterior formación de las monarquías absolutas, el voto se extinguió o al menos se debilitó, por no ser compatible con la retardataria mentalidad bárbara o con la designación y entronización supuestamente divina de un monarca.

Por fortuna, a partir del Siglo XVII con la llegada del iluminismo y del triunfo del Racionalismo, se revaluó la legitimidad de la autocracia, así como el carácter divino de la realeza, dando paso a la noción de soberanía, y más qua a ella, en quien residía.

A partir de este momento, y, gracias al esclarecido pensamiento humanista de Rousseau, Voltaire y Montesquieu, para el mundo civilizado y libre, la soberanía de una nación se vivifica en el pueblo; los ciudadanos deben ser libres e iguales; y, el derecho al voto, por ser inherente a la libertad, es inconculcable. Estas prédicas inspiradoras y libertarias, le han servido de soporte y fundamento a la democracia moderna hasta nuestros días.

Pero son muchas las amenazas que acechan la libertad del sufragio, y buena parte de ellas, promovidas por fletadores de turbas, por falsos agentes de la esperanza popular y por mercantes del erario, quienes, supuestamente abogan por la vigencia de la libertad y el orden, pero que en realidad solo pretenden perpetuarse en el poder, mantener sus botines burocráticos y engrosar sus arcas personales. Es por esto, que el Estado tiene la perentoria obligación de garantizar la libertad de los electores, por medio del diseño, implementación y articulación de mecanismos eficientes y oportunos de vigilancia, inspección y control de la actividad electoral, así como, de públicamente repudiar y severamente castigar a quienes pretendan transgredirla.

Es también obligación del Estado, promover una cultura democrática que incentive, aumente y fortalezca la participación política, restituya la confianza ciudadana, garantice la pureza del sufragio y asegure la transparencia del sistema electoral.

HONROSA RESPONSABILIDAD

Concluyo mi columna informando que, he sido notificado por el Consejo Nacional Electoral, Órgano del Estado Colombiano, autónomo e independiente del Gobierno, de mi designación como Miembro del Tribunal de Garantías y Vigilancia Electoral del Departamento del Valle del Cauca para las elecciones de octubre de este año.

Honrosa designación que para mí constituye una seria y grave responsabilidad, la que interpreto como un estímulo a mi vocación de demócrata irreductible, siempre en defensa y en favor del Estado de Derecho y de las Instituciones Republicanas, así como a mi pasión y devoción por servir a la Justicia, al igual que a mi indeclinable compromiso con los más altos y nobles intereses del sector público, privado, académico y solidario de Cali y el Valle del Cauca.

Mi nombramiento es cívico y completamente apolítico, no tiene el carácter de empleo público permanente y, por ende, en nada me inhabilita o impide a seguir desarrollando mis actividades profesionales de manera normal como Abogado Consultor, Asesor y Litigante, como tampoco, de Conjuez, Árbitro, Conciliador, Profesor Universitario y Columnista.

Es mi decisión, hacer de mi gestión como miembro del Tribunal de Garantías, un referente de la labor que se debe desarrollar para restituir y afianzar la confianza ciudadana y contribuir al buen suceso de unas elecciones civilizadas, pulcras y transparentes, así como para prevenir y neutralizar cualquier intento que pretenda menguar o coartar el libre ejercicio del sagrado derecho al sufragio o de transgredir los preceptos que lo regulan.

Por lo anterior ruego a todos mis amigos, clientes, alumnos, conocidos, lectores y seguidores, que, a partir de ahora, se abstengan de enviarme mensajes o comentarios de carácter proselitista, político, partidista o ideológico.

Cualquier pregunta, petición, sugerencia o queja que se quiera formular en relación con las elecciones de octubre, se debe tramitar a través de los canales oficiales del Tribunal.

Agradezco la comprensión a todos, y pido a Dios que me bendiga y bendiga a Cali, el Valle del Cauca y todos sus ciudadanos, de manera que la justa electoral del próximo mes de octubre, sea diáfana y ejemplar.

*Rafael Rodríguez-Jaraba. Abogado Esp. Mg. Consultor Jurídico. Asesor Corporativo. Litigante. Conjuez. Árbitro Nacional e Internacional en Derecho. Profesor Universitario. Miembro de la Academia Colombiana de Jurisprudencia.

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