El Consejo de Estado dio trámite a la demanda de nulidad electoral presentada por Luis Eduardo de la Hoz López contra la elección de Honorio Miguel Henríquez Pinedo, como Presidente de la Mesa Directiva del Senado de la República para el período legislativo 2026-2027.
Mediante auto del 6 de agosto de 2026, el magistrado Omar Joaquín Barreto Suárez, de la Sección Quinta del alto tribunal, consideró subsanados los requisitos que habían motivado la inadmisión inicial de la demanda. El accionante informó que no pudo aportar el acta de elección debido a que esta no se encuentra publicada y solicitó que fuera requerida a las autoridades competentes.
En consecuencia, el Consejo de Estado ordenó a la Secretaría General del Senado remitir el acto de elección de Henríquez Pinedo y solicitó tanto a esa corporación como a la Registraduría Nacional del Estado Civil la información necesaria para su notificación dentro del proceso.


La corporación también dispuso que, una vez allegados los documentos requeridos, se corra traslado de la solicitud de suspensión provisional del acto de elección al demandado, al Senado de la República, al Ministerio Público y a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado para que presenten sus argumentos frente a la medida cautelar solicitada.
La decisión no resuelve de fondo la controversia sobre la legalidad de la elección, sino que permite el avance del proceso judicial y abre la etapa en la que las partes y entidades involucradas podrán pronunciarse sobre la solicitud de suspensión provisional y los argumentos de la demanda.
Contra este auto no procede recurso alguno, de conformidad con lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.










