Corte falla tutela por alimentos contra el propietario de la auditora BDO

Corte falla tutela por alimentos contra el propietario de la auditora BDO

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La Corte Constitucional falló una tutela a favor de Constnaza López Álvarez y su hija Alexandra Escobar, la esposa e hija del multimillonario empresario Alfonso Ismael Escobar Barrera, dueño de la firma BDO Audit. S.A., dedicada a las Auditorías Contables y Revisoría Fiscal, condenado a seis años de cárcel por violencia intrafamiliar  agravada contra estas dos mujeres.

Escobar fue procesado y condenado por el Juzgado 21 Penal Municipal de Bogotá, que lo penalizó por toda clase de maltratos, vejámenes y amenazas contra su cónyuge y su hija, pero le dio el beneficio de reclusión domiciliaria debido a que este tiene más de 60 años, aunque lo más grave, es que nunca se le notificó al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec) sobre esa condena y el polémico ejecutivo siempre ha estado en libertad, realizando sus jugosos negocios privados y públicos.

La historia de Alfonso Escobar y Constanza López ha sido conocida en algunos medios de comunicación como el caso del «Maltrato Estrato 6», porque el empresario es formado en las universidades Javeriana y Andes de Bogotá y la dama recibió estudio en Londres, Inglaterra. Ambos formaron parte del jet set bogotano, con excelentes relaciones en los mejores clubes sociales del norte de la capital colombiana, donde algunas de sus fiestas eran encumbradas.  Los dos crearon e impulsaron la gran firma de Auditorías BDO, una franquicia de la reputada y reconocida multinacional que se originó en varios países como Canadá, Alemania, Reino Unido y Estados Unidos, que en la actualidad es una de las compañías que más contratos millonarios tiene con el Gobierno Nacional. La Otra Cara ya había publicado en el 2015 parte de este caso, ver AQUÍ.

Sin embargo, su relación sentimental y personal se resquebrajó por las denuncias que interpuso López ante la justicia sobre los maltratos físicos, sicológicos y económicos a que fue sometida durante 23 años de matrimonio y que incluyeron a la hija de la pareja, Alexandra Escobar López.

Eso hizo que la Fiscalía y varias comisarías de Familia de Bogotá dictaran cinco medidas cautelares o de protección contra Escobar y a favor de Constanza López y Catalina Escobar, que impiden al citado ejecutivo amenazarlas o acercarse a cierta distancia de ellas.

Según las quejas de la sufrida mujer, el encumbrado magnate criollo, en medio de agresiones verbales, les quitó todos los bienes inmuebles (como el lujoso apartamento en el que vivían en el norte de Bogotá) y las dejó en la calle. Además, les cortó el apoyo económico necesario para su manutención, lo cual las llevó a sufrir muchas necesidades para sobrevivir.

La tutela de López y la Defensoría

Ante esto, Constanza López interpuso una tutela, coayuvada por la Defensoría del Pueblo, por alimentos, la cual había dado vueltas en varias instancias de la justicia pero no se había hecho efectiva, y llegó a la Corte Constitucional, que acaba de fallar a su favor. Recordemos que el Tribunal Superior de Bogotá, como segunda instancia de los juzgados penales, primero le otorgó los alimentos a la señora, pero luego, en otra decisión, se los negó.

Esta es la tutela de la Defensoría, sobre VIOLENCIA ECONÓMICA CONTRA LA MUJER, radicada en la Corte con el número T-4970917,  el 23 de julio de 2015, la cual puede ver completa AQUÍ.

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La sentencia a favor

La querella judicial en la Corte Constitucional tuvo como ponente al magistrado Luis Ernesto Vargas y la sentencia dice entre otras cosas:

“La violencia contra la mujer también es económica. Esta clase de agresiones son muy difíciles de percibir, pues se enmarcan dentro de escenarios sociales en donde, tradicionalmente, los hombres han tenido un mayor control sobre la mujer. A grandes rasgos, en la violencia patrimonial el hombre utiliza su poder económico para controlar las decisiones y proyectos de vida de su pareja. Es una forma de violencia donde el abusador controla todo lo que ingresa al patrimonio común, sin importarle quién lo haya ganado. Manipula el dinero”.

El fallo sostiene que en muchos casos «es tan perversa esta forma de intimidación que, de alguna forma, la mujer compra su libertad evitando pleitos dispendiosos que en muchos eventos son inútiles”. Aunque este no fue el caso de Constanza López, quien ha dado una dura lucha legal por el reconocimiento de sus derechos.

“Esa conducta (abstenerse de ayudar con los gastos de su esposa) se produjo con la intención de ocasionar daños patrimoniales y psicológicos en contra de la víctima. En efecto, el perjuicio no solo fue físico sino también psicológico y económico”, señala la sentencia.

La Corte Constitucional amparó los derechos fundamentales de Constanza López, argumentando que hubo negligencia por parte del Tribunal Superior de Bogotá al omitir los episodios de maltrato en este caso, sobre lo cual advierte que “parece inapropiado esta situación, pues allí se encontraban todas las pruebas que daban cuenta de la violencia intensa ejercida por el señor (Escobar) en contra de la accionante”.

“El Tribunal (Superior) incurrió en defecto fáctico y sustantivo al negar el derecho de alimentos en favor de la señora (…) de una parte cercenó la sentencia de la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, según la cual, el señor agredió física, psicológica y patrimonialmente a la accionante y como consecuencia de ello se produjeron diferentes daños a la salud física y mental”, explicó la Corte.

El Alto Tribunal consideró increíble que jueces de la República le hubieran negado a Constanza López el dinero para garantizar su mínimo vital, a pesar de que su exesposo, Alfonso Escobar, estuviera condenado por violencia intrafamiliar.

Con esta decisión, la Corte Constitucional sentó jurisprudencia para que todas las mujeres u hombres que sean violentados económicamente por sus parejas, puedan restituir sus derechos interponiendo sus quejas ante la justicia.

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La Otra Cara es un portal de periodismo independiente cuyo objetivo es investigar, denunciar e informar de manera equitativa, analítica, con pruebas y en primicia, toda clase de temas ocultos de interés nacional. Dirigida por Sixto Alfredo Pinto.


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