Auditoria General

La terna de la Corte Suprema para Auditor General

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Los magistrados de la Corte Suprema de Justicia no tendrían en cuenta en su terna para el cargo de Auditor General de la República a Rodrigo Tovar Garcés, quien laboró en esa entidad pública un año antes de inscribirse con el fin de aspirar al importante cargo, pues estaría inhabilitado.

Tovar Garcés era auditor auxiliar en la entidad, pero fue encargado como Auditor General para reemplazar a su entonces jefe Carlos Hernán Rodríguez Becerra, cargo que ocupó hasta el 17 de julio de 2018 y las inscripciones para aspirar al cargo en titularidad fueron el 21 de junio del 2019, con lo cual se demuestra que no había pasado un año desde que él ocupó ese importante puesto en el Estado. Está inhabilitado.

Recordemos que la misma Constitución Nacional en su Artículo 267 establece que «no podrá ser elegido el Auditor General de la República quien hubiera ocupado cargo público del orden nacional en el año inmediatamente anterior». Además, varios conceptos del Consejo de Estado respaldan esta jurisprudencia.

Tovar Garcés al asumir temporalmente el cargo de Auditor General y sus funciones específicas intervino de forma directa en las actuaciones administrativas y contractuales de la entidad, y actuó como apoderado y gestor jurídico de la entidad.

Ahora Tovar Garcés, al aspirar a reemplazar a su antiguo jefe en la Auditoría, viola los principios de probidad, imparcialidad y transparencia del certamen que tiene a cargo la Corte Suprema, que como garante de las leyes nacionales no puede pasar por alto su clara inhabilidad, razón por la cual no lo incluiría en su terna.

Los nombres que más dentro de esta corporación para conformar dicha terna son: Alma Carmenza Erazo, Jairo Alonso Mesa y Magda Amado.

La decisión de la Suprema se tomaría en Sala Plena este jueves 1 de agosto al mediodía. Dicha terna será enviada al Consejo de Estado, donde se designará al nuevo Auditor General.

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Un comentario

  1. Información falsa, al artículo 267 de la Constitución establece la inhabilidad para contralor general y no para auditor general, esta prohibida la inhabilidad por analogía!! por favor publicar información veraz y no falsa

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