Así el Mininterior restituyó al electo Gobernador del Chocó, Ariel Palacios, quien ya despacha en su cargo

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Palacios, elegido popularmente para el periodo de 2020-2023, fue recibido por una multitud que los aclamaba afuera y adento de la Gobernación. Es sindicado de presuntas irregularidades, pero no tiene medida de aseguramiento y no ha sido condenado por ningún delito.

El Gobernador del Chocó, Ariel Palacios Calderón, apelando a las normas colombianas,  mediante su abogado,  le envío un Derecho de Petición al Ministerio del Interior para que le confirmara el reitegro a su cargo como mandatario elegido en ese departamento del Pacífico colombiano por decenas de miles de votos.

En MinInterior en su respuesta esa petición aclaró lo siguiente: «…En virtud de lo expuesto, el señor Ariel Palacios Calderón se encontraría facultado para hacer uso de sus facultades constitucionales y legales, dada su condición de gobernador electo del departamento del Chocó, y en tal medida soportar sus decisiones en el marco del artículo 91 de la Ley 1437 de 2011.

En los anteriores términos se da respuesta de fondo en forma clara, completa y oportuna de acuerdo con lo establecido en la Ley 1755 de 2015, por medio de la cual se regula el derecho fundamental de petición y se sustituye un título del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo».

Vea AQUÍ la RESPUESTA COMPLETA DEL MININTERIOR AL  GOBERNADOR DEL CHOCO ARIEL PALACIOS.

Esto se dio porque Ariel Palacios, aunque tiene un proceso penal, sindicado de supuestas irregularidades en las épocas de la Pandemia, no tiene Medida de Aseguramiento en contra y no ha sido condenado por ningún delito, ante lo cual las leyes nacionales permiten que siga despachando en su puesto. Recordemos que no es el primer caso que se da en Colombia, de igual forma sucedió con los Gobernadores de Antioquia y Putumayo.

Así lo aclara la respuesta del MinInterior al Derecho de Petición de Palacios: “Así las cosas, aun cuando el Magistrado que otorgó la libertad por vencimiento de términos no efectuó un análisis de fondo de los motivos establecidos en el artículo 308 del Código de Procedimiento Penal, que llevaron a la imposición de la detención preventiva, pues no era su competencia, sino que se atuvo únicamente a decretar el vencimiento del término por no haberse dado inicio a la audiencia de juicio oral, lo determinante es que la medida de aseguramiento consistente única y exclusivamente en la privación de la libertad en el domicilio perdió vigencia como consecuencia de la decisión del pasado 22 de febrero”.

De forma inmediata, el señor Ariel Palacios con un Acta notariada, rodeado de cientos de sus seguidores y la Fuerza Pública, que lo reconce como el gobernante en propiedad, retomó su puesto como el Gobernador electo del Chocó.

Esta es el ACTA MEDIANTE EL CUAL EL GOBERNADOR ARIEL PALACIOS REASUME FUNCIONES EN EL CARGO

Miren este video de nuestro portal en Twitter sobre el regreso de Palacios a su cargo…

Palacios ya se reitengró a su cargo poniendo su casa en orden  y la señora Farlín Perea Rentería, quien era la mandataria encargada por el Ministerio del Interior, en épocas de Alfonso Prada, salió del despacho, el cual dejó con llave, en un acto descortés hacia el titular del puesto. También hay denuncias que algunos funcionarios salientes se llevaron computadores, al parecer, con información valiosa, lo cual puede constituir un delito y sería expuesto ante las autoridades competentes como Fiscalía y Procuraduría General de la Nación.

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