El Gobierno Zenú (Córdoba y Sucre) tiene un año y cuatro meses de estar Acéfalo

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Por: Eduardo Padilla Hernández.

El Resguardo Indígena Zenú de San Andrés de Sotavento Córdoba–Sucre, es un territorio ancestral que se encuentra ubicado al noroeste de Colombia y cuenta con una extensión territorial de 83.000 hectáreas.

Ese pueblo Zenú lleva más de un año sin gobernantes, porque los aspirantes al cargo de cacique, tres contumaces que no dan el brazo a torcer, están enfrentados en una contienda permanente por el poder.
Se acusan entre sí de corrupción, amenazas de muerte, extorsión y sobornos. Uno de los candidatos estuvo preso.

La polémica ha causado detrimento del erario público, pues hay varios proyectos que, por el altercado, quedaron a mitad de camino, perjudicando a esa comunidad ancestral que es la segunda más grande del país, con 200 mil indígenas.

Más de 100 familias no tienen baños, padecen de hambre y desnutrición y, para colmo de males, consumen agua contaminada, porque la plata del acueducto se esfumó.

A raíz de esa problemática, el nativo Eder Eduardo Espitia Estrada interpuso una acción de tutela contra los Abuelos Sabedores del Pueblo Zenú del Resguardo Indígena de San Andrés de Sotavento.
Ese organismo de control le respondió y, para poder proceder, le pidió una serie de datos correspondientes al funcionamiento del gobierno Zenú.

Pienso que ahora la Corte Constitucional tomará la mejor decisión, para que de una vez por todas, se reglamente el manejo de los cabildos indígenas cuyos dirigentes están creando un nido de corrupción, porque quizás el concepto de justicia propia está siendo mal interpretado por los líderes de esas comunidades y acomodados por algunas autoridades administrativas, porque una cosa es la que se puede ver en el territorio y otra cosa diferente es ordenar desde el escritorio de una oficina en Bogotá.

Esa vicisitud negativa puede orientarse para bien, porque ahora la Corte tiene la oportunidad de dirimir el debate, de buscar la solución constitucional, para que se reglamente el problema administrativo de las comunidades indígenas, con base en el ejercicio de sus usos y costumbres y de las atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por los artículos 246 y 330 de la Constitución Política de 1991, por la Ley 21 de 1991.

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Eduardo Padilla Hernández
Eduardo Padilla Hernández

Abogado, Columnista y Presidente Asored Nacional de Veedurías


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