Por: Bernardo Henao Jaramillo.
Columnista de Opinión
Uno de los pilares de la democracia moderna es la división del poder público en tres ramas que si bien obran con independencia, deben mantener permanente cooperación entre ellas. Es el equilibrio y armonía de fuerzas mediante una serie de pesos y contrapesos, por lo que se concibe como un complemento a la regla de la mayoría, ya que permite proteger mejor las libertades. Cuando los poderes quedan solamente en manos del gobernante la democracia desaparece. Baste ver el ejemplo venezolano para confirmarlo.
De esos poderes el judicial representa la columna vertebral de la democracia, pues en su misión de administrar justicia, entre otras, pone límites a los posibles extravíos inconstitucionales y/o ilegales de los gobernantes. Y la justicia colombiana ha tenido durante los primeros dos años del gobierno de Gustavo Petro inmenso trabajo, destacándose el rol clave que en cumplimiento de su deber ha desarrollado en la defensa de las instituciones democráticas, emitiendo justas decisiones que han marcado el desarrollo del país. La crítica generalizada al papel de la justicia ahora se desdibuja, pues, es lo cierto que en la actualidad se han proferido sentencias que hacen que el trabajo de los administradores de justicia y, en particular, de las Altas Corporaciones, sea visto como la defensa de la institucionalidad y la democracia.
Si a los militares se les distinguía como el muro de contención cuando hacían frente al conflicto armado, hoy, cuando se encuentran aislados y limitados en sus posibilidades de acción, cobra gran relevancia la salvaguarda de la democracia a través de trascendentales decisiones judiciales. Sin lugar a duda los estamentos sociales debemos rodear y apoyar la gestión de la justicia.
En este contexto es necesario, entonces, hacer mención a algunas decisiones de la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia, el Consejo de Estado y el Consejo Nacional Electoral (CNE).
Sin duda la Corte Constitucional ha realizado destacada actuación como garante de los derechos fundamentales y guarda de la constitución. De este período mencionemos algunos de los fallos más significativo.
- Derecho a la protesta social: La Corte reiteró la importancia del derecho a la protesta pacífica, señalando que el Estado debe garantizarlo mientras se resguarde el orden público y los derechos de terceros. Este fallo es relevante para el manejo de la tensión social que el país ha vivido en los últimos años.
- En 2023, revisó la legalidad de la declaración de la emergencia económica en la Guajira y los decretos que de ella se derivaron, reconociendo que las condiciones en esa región del país eran excepcionales y ameritaban una intervención rápida y contundente. La Corte señaló que la situación en La Guajira constituía una violación a los derechos fundamentales de la población, especialmente de los niños y comunidades indígenas, como los wayuu.
Así, reconoció la gravedad de la crisis en La Guajira y permitió el uso de medidas excepcionales, pero mantuvo un control riguroso sobre los decretos expedidos, asegurando que debían ajustarse estrictamente a la emergencia y a la protección de los derechos fundamentales de la población afectada.
- La ratificación por esta Corporación, en sentencia C-084 de 2022, respecto a que el CNE tiene la facultad de vigilar, controlar y sancionar las campañas electorales, incluyendo las presidenciales, cuando se trata de violaciones a las normas de financiación y de publicidad política es de vital importancia. Esto incluye investigar la financiación ilícita o irregular en las campañas, la que afecta la transparencia del proceso democrático.
Igualmente determinó que el CNE tiene una competencia sancionatoria administrativa en materia de financiación de campañas, pero que las sanciones penales deben ser remitidas a la justicia ordinaria.
Por su parte, la Corte Suprema de Justicia ha jugado un papel fundamental en la lucha contra la corrupción y en la revisión de casos claves, asegurando que la justicia se mantenga independiente.
Varios fallos de la CSJ han resultado en condenas de exfuncionarios públicos por corrupción, fortaleciendo la lucha contra este flagelo. La Corte ha recordado que los crímenes de corrupción afectan gravemente la confianza en las instituciones democráticas.
Necesario es recordar que frente al ataque reciente que seguidores del actual mandatario le hicieron al Palacio de Justicia, el Presidente de la Corte Suprema de Justicia dijo “la democracia queda en vilo cuando cualquier sector o actor de un país pretende presionar política, física o moralmente decisiones de la Justicia» y enfatizó que «en un Estado de derecho como el colombiano, la función judicial solo está sometida al imperio de la ley».
Las actuaciones del Consejo de Estado no se quedan atrás, incidiendo de manera relevante en decisiones relacionadas con la función pública y los actos administrativos del gobierno.
Varias de sus sentencias se han ocupado de la suspensión de nombramientos irregulares, resolviendo anular nombramientos de funcionarios que no cumplían con los requisitos legales.
En materia de restitución de tierras, en un caso emblemático, confirmó la validez de varias restituciones de tierras a campesinos desplazados, defendiendo así el proceso de reparación a las víctimas del conflicto armado. Este fallo resalta la importancia de la justicia transicional y de las políticas de reparación del gobierno.
En el manejo electoral ha tenido un rol activo en la revisión de los procesos electorales, asegurando que las reglas democráticas se cumplan y combatiendo la manipulación en la adjudicación de curules.
También, existen varios fallos que han abordado la competencia del Consejo Nacional Electoral (CNE) en Colombia para investigar las campañas presidenciales. A lo largo de los años, la Corte Constitucional y el Consejo de Estado han emitido pronunciamientos clave sobre este tema.
También existe una labor enjundiosa de otros jueces. De resaltar y estudiar es el fallo de tutela que acaba de proferir el Tribunal Superior de Bogotá concediéndole el amparo al Dr. Álvaro Uribe Vélez, providencia en la cual hace un enérgico llamado de atención a la juez 44 penal del Circuito de Bogotá. En virtud de ese fallo se garantiza el debido proceso al expresidente y se le permite ejercer plenamente el derecho de contradicción.
Los pronunciamientos de las diferentes autoridades competentes deben ser acatados respetuosamente, mucho más por parte del presidente de la república quien debe dar ejemplo en este sentido. Sin embargo, en insólito acto el mandatario se reunió con el cuerpo diplomático para expresar que se está produciendo un golpe de estado. El trato de “criminales” que da a los magistrados es inaudito y debe ser rechazado tajantemente. Seguramente el cuerpo diplomático ha quedado estupefacto al ver a Petro apartarse de las formas legales, pues no es difícil entender que formular un pliego de cargos no configura ningún tipo de golpe ni blando ni duro. Parece que en realidad es el mandatario quien está propiciando un autogolpe y victimizándose sin razón.
Lo único cierto es que el CNE actuó en el marco legal, aún sin tener en cuenta algunas informaciones que se han conocido sobre la financiación de la campaña del Pacto Histórico, apenas con las pruebas legítimamente recopiladas. La conclusión fue que el Pacto Histórico excedió el tope permitido. Esta violación es entendida por la mayoría de los colombianos, como lo ha revelado la encuesta YanHaas ICP. Por eso a la pregunta ¿Cree que en la campaña de Gustavo Petro hubo ingresos no reportados de dinero? el 58% respondió si. Luego, no son los magistrados los “criminales”. Son otros los que cometieron delitos y deben responder.