Esta decisión fue tomada después de concluir que Roy Barreras incurrió en doble militancia al no cumplir con su deber constitucional de renunciar a su curul 12 meses antes de la fecha de inscripciones.
La Sección Quinta del Consejo de Estado tomó la decisión de anular la elección de Roy Barreras como Senador de la República para el periodo 2022-2026.
Esta decisión fue tomada después de concluir que Barreras incurrió en doble militancia al no cumplir con su deber constitucional de renunciar a su curul 12 meses antes de la fecha de inscripciones para las elecciones de congreso periodo 2022-2026, para presentarse por otra colectividad.
La Sección Quinta analizó las normas constitucionales aplicables al asunto y los precedentes de la Corporación y determinó que con los Actos Legislativos 01 del 2003 y de 2009, el constituyente buscó el fortalecimiento del sistema de bancadas y la disciplina de los miembros de los partidos, además, se precisó que la expulsión del demandado del partido de La “U”, no lo eximía de su deber de renunciar a la curul, en el plazo constitucionalmente establecido.
¿Por qué la doble militancia?
En agosto de 2022 el Consejo de Estado admitió la demanda contra el actual presidente del Senado, Roy Barreras, por doble militancia.
En ese momento la demanda expuso que Barreras se presentó como candidato calificado por el Movimiento Alianza Democrática y también se inscribió por la coalición del Pacto Histórico el 21 de febrero de 2021. En ese momento, el senador no había renunciado al Partido de la U, en el que venía militando y partido que representaba en la legislatura anterior.
“Como Barreras quedó elegido en el Senado por colectividad y esta no hace parte de la alianza por la que se presentó, el senador habría hecho doble militancia y por eso su curul debería ser anulada”, se lee en la demanda.